Hola buenas a todos, quería hacerles una consulta sobre un reocnocimiento de sentencia extranjera. Me consultó una señora que había contraído matrimonio en Capital Federal, después se fueron a vivir a Brasil, y allá se divorciaron. Hay que hacerlo vía exequatur, no? Vi modelos en el foro, pero mi pregunta es respecto de la documental a acompañar: partida de matrimonio, sentencia de divorcio y poder.... algo más? La sentencia de divorcio tiene que ser una copia?, o un testimonio? y tienen que legalizarse y traducirse, no? y en este caso dónde hay que hacerlo? y lo mismo respecto del poder...
Hay que legalizarlo en Brasil y también acá en el ministerio de relaciones exteriores? Y respecto de la tasa de justicia cuánto se paga? Por favor ayuda!!!! Mil gracias. Ceciliay
Hay que legalizarlo en Brasil y también acá en el ministerio de relaciones exteriores? Y respecto de la tasa de justicia cuánto se paga? Por favor ayuda!!!! Mil gracias. Ceciliay