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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #430531  por Romina34
 
Hola a todos, consulto si alguien tiene experiencia en algo asi, para firmar un acuerdo de desvinculación de empleado registrado en el SECLO (Art. 245 LCT) es obligatorio entregar junto con la firma del acuerdo la certificación de servicios y certificado de trabajo, correcto? si no fuera el caso, y se firmara el acuerdo sin entrega de tales certificados, luego de la firma en el SECLO y homologación, aún así se podría intimar a que se entregue, correcto?
Gracias a quien me pueda despejar esta duda!!!
SAludos,
 #430556  por dradilella
 
Hola que dice la homologación o el acuerdo respecto de los rubros que se reclaman, es sin reconocimiento de hechos ni derecho?
 #430598  por Romina34
 
gracias por responder!! en realidad aún no firmó, estamos negociando su salida, por ahora estamos viendo el número, el tema es que mi clienta me acaba de comentar que no le hicieron los aportes el último año, de hecho me mostro la nota que le envió Anses comunicando la falta de aportes.. ella se quiere ir a toda costa, más si arreglamos el monto de la indemnización. Pero ahora me quede pensando en el certificado de servicios, si no hicieron los aportes no lo podrán entregar... y luego de firmado el acuerdo (si se incluye la leyenda qe mencionas) no se podría intimar su entrega, correcto? Aunque creo que en el Ministerio te lo exigen para firmar.
Gracias nuevamente!
Saludos,
 #430617  por dradilella
 
Hola, si vas a hacer un comun acuerdo no tengo idea si te lo piden o no, yo hice hara dos meses y como desconoci por empleadora no me lo pidieron. Trata de ver si pueden poner la clausula de que la empleadora se compromete a entregar certificado de servicio y remuneraciones y no le pongas plazo, total cuando no te lo den intimas y te quedas con la via abierta. Si cerras y nada pones el tema es discutido, yo en uno que tuve lo gane pero la jurisprudencia no es uniforme al respecto de si esta incluido el certificado o no porque es un derecho a la seg. social y por ende no entra en el acuerdo. fijate. Suerte y saludos.
 #430623  por Romina34
 
Ah ok, en el caso de mi clienta no podrán desconocer la relación porque esta registrada desde el inicio de la relación, tiene los recibos, etc.. asi que seguiré tu consejo, dejando abierta la entrega de los certificados (aunque no le ponga plazo) luego podré intimar por el art. 80 y el 132 bis LCT.
Gracias!!!!! despues te cuento!!