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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #431198  por Caronte2278
 
Tengo un cliente que tiene una Hernia Discal. es chofer de camiones. Un día se cayo y al concurrir a la ART le dijeron que era inculpable, el tenía pequeños dolores antes pero no sabia que era. Al final se opero por la obra social. Mi pregunta es.............se puede hacer esto..............-
1. Reclamo por accidente de trabajo, ya que se cae muy fuerte del camión, esto encuadra en el art 8 apartado 1.-
2. Subsidiariamente por enfermedad profesional, que que entiendo puede ir incluida en el art 6.2 porque su listado prevvee en su anexo enfermedades producidas por "VIBRACIONES"
3. Como tercer alternativa, si el juez entiende que no es un accidente de trabajo, ni que esta comprendida en el listado del art. 6.2 solicito se declare inconstitucional el mismo por excluir la enfermedad.-
Se puede hacer un planteo así???. Como lo hago???. Primero pido por accidente de trabajo, despues por enfermedad profesional y por ultimo si el juez entiende que no esta en comprendida solicito se declare inconstitucional el mismo art. en el que habia fundado mi segundo pedido???Se pueden hacer planteos así????
Muchas gracias
 #431315  por diegogvillamayor
 
hola, te respondo lo que puedo y segun mi criterio:
1.- si podes iniciar el reclamo, sino se te vencio el plazo.
2.- si podes inciiar el reclamo, pero no uses la LRT sino plantea insconstucionalidad de la misma y anda por el reclamo civil
3.- plante la inconstitucionalidad de una. y ademas claro debes probar que la hernia es producto del trabajo. Esto lo probas con un medico.

yo haria 1reclamo solo donde planteo todo, ya que el accidente proboco la enfermedad.todo con incostitucionalidad.
 #431408  por Caronte2278
 
Hola. Muchas gracias. Vos decis una pericia de parte o algo asi que diga que el trabajo desarrollado lo llevo a tener la Hernia y acompaño este certificado al expediente?
 #431870  por diegogvillamayor
 
obviamente a este hombre lo tiene que ver tu medico legista a los fines de cuantificar el daño ademas y que te diga si es posible que lo q tiene sea por su trabajo o no. ....
con ese informe acompañalo a la demanda y presentala.
si qures perito de parte podes pedirlo.
 #432903  por sergiosky
 
tu pregunta 3 es interesante y yo no lo tengo muy entendido ya que no he visto fallos relacionado a pedir la inconst. del art. 6 de la LRT por no incluir a una determinada enfermedad y todo dentro de la LRT, he visto fallos donde los jueces interpretan que cuando uno pide la inconst. del art. 6 es porque la demanda viene por la via del derecho comun, o sea... si no esta incluido esa enfermedad lo "normal" es que vayas por la via del art. 1109 y 1113, ahora, lo que yo planteo es si podes pedir la inconst.del listado pero sin moverte de la LRT, pareceria que no porque supuestamente el fundamento es que si optas por reclamar prestaciones del sistema de la ley de riesgo no podes luego plantear la inconst. de ese sistema, yo no estoy de acuerdo con esa linea interpretativa, no se por que no podes pedir la inconst. de un articulo concreto y dentro de la misma LRT, podes pretender hacer caer el listado para que la hernia pueda ser calificada como profesional por la junta medica, una fallo asi nunca vi ni tampoco que los abogados planteen eso.
yo estoy buscando fallos o planteos asi porque tengo un problema: mi cliente sufrió una hernia pero ya me dijo que no quiere que demande a su empleador sino unicamente a la ART porque tiene miedo que lo echen como represalia, ahora... te daras cuenta lo complicado que es atribuirle responsabilidad a la ART por una hernia, normalmente los abogados plantean la responsabilidad del empleador y no de las ART por este tipo de dolencia ya que la ley lo toma como una enfermedad inculpable y las ART no cubren estas contingencias. mi estrategia es forzar una interprestacion que diga que si vos te moves dentro de la LRT y pedis la incons. del art. 6 pues al no existir un listado y al demostrarse que la hernia fue ocasionado a causa del trabajo la que debe responder es la ART, no se si irá a funcionar.
si vos pretendes moverte por la via del derecho civil todo bien, dale para adelante... pero en mi caso tengo que moverme si o si por la LRT entonces tengo que tener cuidado a quien demandar y con que argumento.