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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #426412  por bogatavo
 
Hola, espero que los despidos por trabajo en negro en escribanias - que parece se estilan - no se hagan una costumbre, ni que los fallos acepten estas situaciones, porque de lo contrario se va terminar derogando todo un sistema, retrocediendo al siglo XIX y los laboralistas por falta de trabajo :lol: tendrán que cambiar de fuero.
 #426415  por rovalant29
 
Es cierto bogatavo! :lol: aunque te recomiendo que no cambies de fuero,o por lo menos tratá de esquivarle a familia que,ahí sí cobrás chauchas comparado con laboral :x
 #426434  por bogatavo
 
...y cuidado con los escribanos :evil: que les saquen trabajo a los que hacen flia - como pueden hacer con los laboralistas - por que en cualquier momento arman divorcios de común acuerdo por medio de escritura :lol: Termino aca x que estoy desviando el hilo.
 #426521  por eduardodemayo
 
Rovalant:
Hago laboral en Rosario, Pcia de Sta Fe. Acá tampoco hay CECLO que es nacional.
Los convenios en Escribanía es una deformación a partir del art. 241 de la LCT que establece que la extinción del contrato de trabajo por mutuo acuerdo, debe formalizarse "mediante escritura pública o ante autoridad judicial o administrativa", y que por otra parte (por lo menos acá) el Ministerio de Trabajo Provincial no te toma acuerdos de relaciones en negro, es decir, tendrían que comunicarlas al AFIP cosa que ningún empleador quiere.-
Un "ACUERDO" ante escribano, carece de valor como acto transaccional.-
Acá tu cliente está reconociendo la existencia de causa de despido; creo que eso es lo que más lo puede limitar, para el reclamo de indemnizaciones (antigüedad y preaviso) pero dado que trabaja desde hace 7 meses, sólo estarías hablando de dos sueldos.-
Las renuncias que hacen constar en ese acuerdo, no tienen valor. SON DERECHOS IRRENUNCIABLES.
Y una "transacción" o acuerdo transaccional, para ser válido, tiene que ser hecho ante autoridad administrativa o judicial y homologado; no es lo que van a hacer.-
Por lo tanto entiendo que aún firmando ese acuerdo, le queda abierta la via para reclamar un montón de cosas.-
El monto del acuerdo es un poco bajo, pero esa es la decisión de él.-
Ahora, si vos estuvieras por parte de la empresa, te diría NOOOOOOOOOOOOOOO.-
Suerte. Eduardo
 #432032  por rovalant29
 
Hola,quería agradecerles a los colegas: Klaudia7,bogatavo,bycons,abadon,y eduardodemayo,por la gran ayuda que me brindaron ya que como dije,no tengo idea de laboral.
Recien vengo de cerrar el acuerdo en la escribanía,salió todo bien.
El empleador(yo iba por el empleado,que por otra parte,como sabía de la necesidad económica que tiene y es conocido,no le cobré :cry: ) me pregunto "doctora,puede ser que me hayan dicho que éste acuerdo no tiene validez"? :lol: yo me acordaba de los consejos de ustedes colegas,pero le dije "tiene que estar tranquilo porque si trajo la totalidad del dinero,ésto termina aca" y me dice "ahh bárbaro,me quedo más tranquilo.
Y es verdad,mi cliente no va a hacer juicio
Gracias a todos!!! *suerte*

Romina._
 #432913  por sergiosky
 
tené cuidado con estos acuerdos, sea ante el ministerio o ante escribanias... es lo mismo porque en juicio te lo fulminan de nulidad al no existir una justa composicion de los derechos, la escribana puede decirlo, tambien lo puede decir el ministerio, pero en definitiva la unica homologacion que sirve es la JUDICIAL. si el ministerio te homologa este acuerdo igual dormi con un ojo abierto porque el trabajador puede presentarse y reclamar las diferencias salariales, los trabajadores son muy ... con el perdon de la palabra... guachos porque con tal de recibir el dinero te dicen que si a todo y despues van a buscar a un abogado para que le reclamen la diferencia porque saben perfectamente que el empleador se esta guardando dinero que le corresponde entregar.
vos tenes que mirar el acuerdo y ver si te cierra el monto, si no te cierra ni ahi y vas por el lado del empleador y bueno decile las cosas como son y que por las dudas espere en su casa la notificacion del inicio de demanda, y si vas por el lado del trabajador perde cuidado que le lleno la cabeza para iniciar demanda reclamando la diferencia de lo que recibio y lo que tuvo que recibir.
por eso yo cuando voy por el lado del empleador siempre le dije al trabajador que perfecto mi cliente le va a dar el dinero pero eso si... los hechos los impongo yo, por lo tanto dejo bien aclarado hechos que favorezcan al empleador, por ej: si el trabajador estuvo trabajando 5 años pues no.. son 2, y asi... porque despues si inicia demanda va a ser muy dificil que niegue los hechos que el mismo firmó en el acuerdo en sede administrativa, la idea es que con la cifra ya definida acomodar los hechos para que sea coherente con el dinero que reclama y recibe. si vos tenes a un tipo que trabajó 10 años y recibe $5.000 ¿en donde esta la justa recomposicion de derechos? no es dificil que el juez te impugne ese acuerdo, por eso lo que tenes que hacer es que en el acuerdo diga que trabajó 3 años... y asi cosa que no se le ocurra luego manifestar otros hechos si es que inicia demanda.
yo le pregunto al empleador cuanto dinero piensa darle al trabajador, y de ahi diagramar los hechos para que cierren y sea mas facil que se homologue.