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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #4298  por amg
 
Mujer de 63 años, nacida el 03/03/1943 sin aportes jubilatorios. Aplique ley 25994 art.6, exceso 1 año y medio (para estar tranqui)

Sit.revista 04/1961 a 09/1989
Benefic. 06/1977 a 09/1980 art.3 ley 24476
Benefic. 04/1984 a 11/1987 art.3 ley 24476

Aguardo vuestros comentarios y gracias por estar ahi..
 #4311  por francisco
 
Hola, esta bien aunque te pasaste mínimo, dandole un mes de mas 3 meses de compras. Yo lo haria hasta el 6/89
el beneficio lo cortas por los periodos mas caros? controla bien que no te pases ni un mes de 7

 #4318  por amg
 
Gracias Francisco, lo de los períodos cortados, si, es porque asi son más baratos.
Te pido que me clarificas porque creo que estoy razonando mal, yo hice: si tiene 3 años de exceso y le reconocen uno y medio, entonces desde 04/61 al 03/89 son 28 años mas 6 meses calculé 04/61 al 09/89.

 #4323  por francisco
 
No son de exceso 1 y 9 meses? contalos de nuevo no quiero inducirte a error Cuantos son los años y meses de exceso? contestame

 #4330  por amg
 
Por supuesto es 1 año y 9 meses (pensá que elegí abogacía para no hacer cuentas) le pongo desde 04/61 al 06/89
Y los beneficios:
06/77 al 09/80 (tres años y cuatro meses) art.3
04/84 al 11/87 (tres años y ocho meses) art.3
Espero que este bien, sino me va a dar verguenza.

 #4333  por francisco
 
BIEN¡¡¡¡¡¡¡ :lol:

 #4337  por amg
 
Gracias...