Hola. Mi pregunta es sencilla. Hay sentencia de divorcio, disponiendo la disolución de la sociedad conyugal, se denunciaron bienes entre ellos un automotor. Ahora bien, la sra. firmó antes del inventario y avalúo que esta por practicarse, un 08 como si hubiese dado el asentimiento para aplicar a la indivisión postcomunitaria el art. 1277. Qué hago ahora, denuncio el bien que reemplaza al anterior denunciado explicando lo que paso mediante un simple escrito?. Espero que me orienten.
Gracias.-
Gracias.-