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  • El viejo codigo Jofre y el Particular Damnificado

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 #436764  por julioricardo
 
Estoy lidiando en una causa de menores, que se rige por la ley 3.589 Codigo Jofre y necesito que alguien me ilumine. Estoy por el particular damnificado y el fiscal hace la acusacion (se cerro el sumario). Ahora yo puedo pedir el cambio de calificacion legal ? o pedir el cambio del tipo de participacion de los imputados ? ¿PUEDO APELAR? ¿ Que puedo hacer como particular damnificado? Muchas Gracias.
 #436850  por julioricardo
 
No feragus, en la provincia de B.sAs,en menores, ahora juzgados de responsabilidad penal juvenil, se rigen por la vieja ley 3.589, salvo los casos nuevos desde junio del 2009, que si se rigen por el CPPBA(11922).
 #436856  por lilianasarda
 
AHORA, TE CERRARON LA INSTRUCCION, BIEN QUE PIDE EL FISCAL?, PORQUE A SEGUIDILLA DE CERRAR LA INSTRUCCION HAY UN ESCRITO PONDERATIVO DEL FISCAL SOBRE SUS PRUEBAS, QUE VOS LO PODES REBATIR Y APELAR EN SUBSIDIO. ESTA ESE ESCRITO EN LA CAUSA, ESTA JUSTO DESPUES DE CERRADO EL SUMARIO, Y DEBE TENER POR LO MENOS TRES FOJAS, LILIANA.-
 #437025  por julioricardo
 
Liliana, el sumario se cerrò, ahora estoy esperando la acusacion fiscal y la ponderacion de las pruebas. Puedo apelar, como particular damnificado? o tengo que esperar que el juez se expida sobre la acusacion fiscal? Es todo muy confuso....
 #437066  por lilianasarda
 
CUANDO EL FISCAL PONDERE LAS PRUEBAS LAS VA A ELEVAR AL JUEZ, Y TE VAN A CORRER TRASLADO, AHI, TE METES Y SI QUERES LE REBATIS LO QUE VOS CONSIDERAS QUE NO ESTA BIEN ASPECTADO. O SI FALTARON PRUEBAS O NO EVACUARON CITAS, PERO ESPERA LA NOTIFICACION, PORQUE SI TE ADELANTAS Y EL JUEZ NO LO VIO TODAVIA, LE CORRE TRASLADO AL FISCAL PARA QUE LO ARREGLE Y ESTAS LISTO.LILIANA