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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #438897  por matiasps
 
Primero quiero pedir disculpas por si la pregunta parece bastante tonta, pero como estoy a punto de empezar con mi carrera tengo una duda....cuando un cliente viene al estudio por un problema, normalmente firmando el convenio de honorarios uno pasaria a ser su abogado, esto en civil y comercial. mi duida es con respecto a laboral...cae un cliente por que lo echaron del trabajo y mi pregunta es como uno pasa a ser su abogado?^tiene que firmar un poder en el seclo? por que tranquilamente los telegramas de despido los puede enviar sin necesidad de contratar un profesional. concretamente en el ambito laboral como se cierra el trato?

gracias.
 #438908  por DAL
 
Mira, poder los puede enviar sin asistencia, pero el lio que hace es mortal!!!!
No es mi costumbre firmar pactos de honorarios apenas llegue el cliente, tampoco tuve malas experiencias en ese aspecto, por ahí otros abogados tienen otras experiencias y otras practicas.
Lo usual es hacer las cartas, convenir que se cobrara (un 10 o 20 % de lo que reciba, se puede firmar un pacto de cuota litis en ese sentido) y yo siempre pongo en las cartas que yo participo. O sea, el trabajador consigna que lo asiste fulano, con determinado telefono.
Esto sirve para saber que uno redactó los telegramas. La mayor utilidad esta en que la otra parte, sabe con quien tiene que negociar-. Cuando el empleador recibe la carta y la lleva a su abogado este sabe a quien llamar y se traba casi siempre ahí nomás una serie de tratativas conciliatorias que son beneficiosas.
Tambien sirve si el cliente se lleva las cartas, y va a otro colega, el colega sabe que ya intervino otro profesional y tiene que adoptar las medidas que sus reglas de etica le imponen (aviso mediante colegio y demás).
Y eventualmente serviría para pedir regulación por trabajos extrajudiciales, si luego el cliente no quiere pagar.
A mi personalmente me resulta muy util-
Saludos!