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  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral

 #43980  por sergiosky
 
comparto lo que decis tordo, no porque me convenga sino porque tengo entendido que la invocacion del hecho nuevo tiene que ser posterior a la presentacion de la demanda y contestacion, mas alla que yo iniciaría la penal, aun no se si el documento es falso, lo sabré cuando lo dictamine la pericial en sede penal recien ahí nace el hecho nuevo en el laboral ya que es sumamente importante que el juez sepa lo que pasa en el penal, y como bien dice tordo, el juez laboral no puede desconocer lo que se dictamine en sede penal fundando que la oportunidad para ofrecer la prueba ya pasó debido a que los juicios laborales y penales coinciden en una cosa que no sucede en los civiles, en ambos buscan la verdad real y no formal!!. mi estrategia es que ambos tengan movimiento en forma paralela, y apurar el dictamen pericial en sede penal, eso es simple ya que como soy el actor en el laboral puedo atrasarme en el impulso de las etapas, siempre y cuando no me caduque la instancia. cuando salga el dictamen mi idea es presentar un escrito en el laboral poniendo en conocimiento al juez de lo que pasó, y bueno...el juez deberá resolver, yo no estaría introduciendo una nueva prueba, sino que advertiria al juez laboral que en sede penal se dictaminó que los instrumentos son falsos, lo invocaría como un hecho nuevo, ahi el juez verá que hacer sabiendo que debe buscar la verdad real.

 #43983  por sergiosky
 
ah, otra cosa, se que existe la posibilidad que en segunda instancia se invoquen pruebas que no han sido admitida en primera instancia, no se bien como es el caso pero supongo que si no se han admitido en primera instancia es porque se resolvió la improcedencia, ya que no es el mismo caso de aquella prueba pendiente de produccion, quizas cuando haya sentencia definitiva en primera instancia podria invocar el dictamen que hubo en sede penal ante la camara?.