Hola estimados, me llego la siguiente consulta de un cliente:
El trabajador esta con licencia médica otorgada por la art el patron lo despide invocando el art. 247 por disminucion de trabajo. Se debe rechazar la causal de despido? es posible intimar a que otorgue la indemnizacion del art 245 de la LCT provisoriamente hasta tanto tenga alta de art y se liquide finalmente y se agreguen los salarios caidos mientras estuvo con licencia? Asi mismo el trabajador trabaja pàra el mismo patron desde el año 1998 cuando era una sociedad no constituida hasta el año 2004 que se constituye como SRL y registran a los trabajadores desde esta ultima fecha, se reclama la indemnizacion desde el inicio de la relacion? se aplican multas?
Espero haber sido claro, Es mi primer caso.
gracias.
El trabajador esta con licencia médica otorgada por la art el patron lo despide invocando el art. 247 por disminucion de trabajo. Se debe rechazar la causal de despido? es posible intimar a que otorgue la indemnizacion del art 245 de la LCT provisoriamente hasta tanto tenga alta de art y se liquide finalmente y se agreguen los salarios caidos mientras estuvo con licencia? Asi mismo el trabajador trabaja pàra el mismo patron desde el año 1998 cuando era una sociedad no constituida hasta el año 2004 que se constituye como SRL y registran a los trabajadores desde esta ultima fecha, se reclama la indemnizacion desde el inicio de la relacion? se aplican multas?
Espero haber sido claro, Es mi primer caso.
gracias.