Hola a todos, necesito de su ayuda... Tengo una clienta que compro una casa, pagó una tercera parte del precio y para cancelar el resto se obligo a hacerlo en cuotas mensuales. Pago solo algunas y hace mas de un año que no abona nada, por lo contrario hizo mejoras y se puso una libreria en la casa; fue intimada al pago, no contesto, se la cito por intermedio del Juz para hacer una mediación y no fue, hoy me trae al estudio el traslado de la demanda y veo que en el contrato que firmó existe una clausula penal un tanto abusiva, la cual prevee que ante el incumplimiento de dos cuotas consecutivas o alternadas pierde los importes abonados, subsidiariamente y para el caso de que el juez no la considere aplicable, solicita se le abonen todos daños y perjuicios sufridos, ya que por la angustia sufre problemas de salud (comprobados), tuvo que salir a alquilar y el no pago de la mensualidad le acarreo un importante perjuicio economico... ha tiene 87 años la actora.... que respondo? Gracias
no se si es abusiva en si...yo misma estoy poniendo una similar en un contrato que estoy realizando...
Lo del incumplimiento alternativo...bueno, yo cuando la pense, imagine esos casos donde el contrato dice que se resuelve si no pagan dos meses seguidos, y luego lo que te hacen es que pagan un mes si un mes no, y así estiran un contrato que debió cumplirse por completo es digamos ocho meses , a dieciseís...Lo de abusivo es siempre relativo...
No obstante en tu caso obvio que lo tenés que plantear, sinceramente no se si abrá mucha jurisprudencia que apoye la postura...pero busca, algo de seguro vas a encontrar.
Luego, pienso que tal vez seriá lo mejor llegar a un acuerdo con el viejito, que tu clienta saque un préstamo y le abone lo que le debe, mas una indemnización, y así no pierde el inmueble ni lo que abono porque la verdad el viejito tiene todas las de ganar. Si el viejito ve toda la plata junta, mas con las necesidades que tiene -aunque obviaente no es todo lo que reclama - lo va a pensar bien...más si tu clienta no tiene bienes a embargar ni cuentas corrientes...
Saludos y suerte
Iris
