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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #441535  por Pat2511
 
Hola a todos ! mi consulta es la siguiente: Mi hijo tiene 20 años y trabaja en relación de dependencia,quiere comprarse un auto pero en la agencia le dicen que debe ser mayor de 21,es verdad eso ? Gracias !!! :D
 #441539  por Maylu
 
Buenas tardes Pat:
Le comento que el objetivo del foro es intercambiar consultas entre abogados y no responder consultar a particulares, para ello, deberán dirigirse a un abogado.
No obstante ello, al ser su pregunta algo que no requiere de mayor análisis, le informo que para ser titular de bienes registrables se debe contar con la mayoría de edad, es decir 21 años.

Saludos
 #441544  por Pat2511
 
Mis disculpas por no entender el objetivo del foro. Igualmente muchas gracias por tu respuesta Maylu !! *flor*
 #441769  por VeroZAva
 
Buenas noches: si el futuro titular registral es menor, tiene dos opciones: 1)si trabaja en relacion de dependencia, puede inscribir el dominio agregando fotocopia de los recibos de sueldos, los 3 ultimos .2) que esté emancipado por escritura publica, en ese caso presenta la origina y la copia en el registro.
En el form 08 debe hacer constar cualquiera de estas dos situaciones, pero se puede inscribir. Saludos
 #441798  por Hlws
 
Pat2511 escribió:Hola a todos ! mi consulta es la siguiente: Mi hijo tiene 20 años y trabaja en relación de dependencia,quiere comprarse un auto pero en la agencia le dicen que debe ser mayor de 21,es verdad eso ? Gracias !!! :D

Estimado consultante: este portal no esta dedicado a evacuar consultas a particulares. Le recomiendo que consulte a un abogado. De no poseer los recursos economicos, puede concurrir a los patrocinios gratuitos de su zona.
 #441800  por Hlws
 
VeroZAva escribió:Buenas noches: si el futuro titular registral es menor, tiene dos opciones: 1)si trabaja en relacion de dependencia, puede inscribir el dominio agregando fotocopia de los recibos de sueldos, los 3 ultimos .2) que esté emancipado por escritura publica, en ese caso presenta la origina y la copia en el registro.
En el form 08 debe hacer constar cualquiera de estas dos situaciones, pero se puede inscribir. Saludos
Estimado colega, usted no conoce en profundidad el caso del consultante, tampoco escucho el relato de los hechos en profundidad. Por lo tanto su respuesta es dada "al aire". El fin del portal no es evacuar consultas gratuitas a los particulares. Tampoco sabe si esta persona ya cuenta con un letrado, mas perjudicial resultaria aun, entorpeciendo la labor de sus colegas.
 #441844  por viko
 
Maylu escribió: No obstante ello, al ser su pregunta algo que no requiere de mayor análisis, le informo que para ser titular de bienes registrables se debe contar con la mayoría de edad, es decir 21 años.

Saludos
yo tomaría esa afirmacion con pinzas, colega...
entiendo que no hay limite de edad para ser titular de bienes registrables. Sí es verdad, que para contratar validamente, comprando el auto, debe ser mayor de 21. si llega a su patrimonio de otra forma, no veo que la edad sea impedimento.
por otro lado, esto lo digo pensando mas en otro tipo de bienes registrables: los inmuebles. No estoy seguro como funciona el tema en el registro del automotor.
saludos
 #442049  por Maylu
 
viko escribió:
Maylu escribió: No obstante ello, al ser su pregunta algo que no requiere de mayor análisis, le informo que para ser titular de bienes registrables se debe contar con la mayoría de edad, es decir 21 años.

Saludos
yo tomaría esa afirmacion con pinzas, colega...
entiendo que no hay limite de edad para ser titular de bienes registrables. Sí es verdad, que para contratar validamente, comprando el auto, debe ser mayor de 21. si llega a su patrimonio de otra forma, no veo que la edad sea impedimento.
por otro lado, esto lo digo pensando mas en otro tipo de bienes registrables: los inmuebles. No estoy seguro como funciona el tema en el registro del automotor.
saludos
Viko, entiendo lo que decis, pero mi intención fue darle una mínima respuesta a su duda en cuanto a lo que le decían y aún así le aconsejé que concurra a un abogado.
Saludos