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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #443265  por jorgelinabm
 
Buenas colegas!!!!!! consulta, me surgio una duda, tengo que mandar telegrama donde mi clienta se considera despedida y reclamo la indemnización y multas (ley 24013 y art. 2 ley 25.323) puedo en el mismo reclamar certificación de servicios??? o me conviene hacerlo posteriormente??? gracias! saludos!
 #443305  por bogatavo
 
Hola, transcurridos los 30 días de extinguido el vínculo mandas tcl por el art. 80 y su multa, ello por el dto 146/01. Existe una jurisprudencia que dice que el decreto es inconstitucional, también se dice que si el trabajo es en "negro" no es necesario esperar los 30 días, pero mejor anda a lo seguro. Saludos.
 #443309  por jorgelinabm
 
graciasssssssss bogatavo!!!!!!!!!
saludos