Mi cliente es peon de albañil, trabajaba para un contratista, en los ultimos meses, su empleador lo destino a desarrollar tareas en una propiedad, con la amoladora se corta el dedo, yo pensaba, intimar a su empleador para que denuncie ART, etc, y al dueño de la propiedad, ya que el 1º es insolvente, procede contra el ultimo por el art 30, o debo fundar por algun otro art.
Gracias.
Gracias.
La justicia en Argentina, anda sobre ruedas, o sea que aparte de ciega es paralitica!!!