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 #444964  por virgi65
 
Hla a todos el tema es asi se trata de una persona que trabajo en relacion de dependencia , estaba en blanco y dejó el trabajo por diferencias con su tio(hace ya mas de un año pero menos de dos)
Ahora se peleo definitivamente con su tio por distintos motivos y quiere reclamat la indemnización

El tema es que tengo dudas en el encuadre al mandar el telegrama laboral: Ya que hace un año y medio aprox que ya no trabaja,(( ni el empleador le mando TL intimando a preentarse, ni ella le mando a el nada ))

Yo pensaba mandar un telegrama diciendo:

" Ante reiterados pedidos verbales de dación de tareas y habiendo trabajado desde el mes último(XXXX pondria fecha del ultimo recibo que tiene ) en forma alternada y discontinua, pese a habérseme prometido la relación laboral estable que habia convenido con Ud desde mi ingreso fecha XX, cumpliendo la tarea de XXXXX, con la remuneraxcion XX, con la jornada de trabajo XX y salario XXX, segun rezan los recibos de trabajo que en mi poder tengo.Intimo plazo 24 horas aclare situacion laboral, bajo apercibimiento de considerame despedido su exclusiva culpa.

Que les parece??? Por favor necesito opiniones!!!Muchas Gracias!!!
 #444975  por dradilella
 
Hola, fijate bien que no te tengan incurso en el 241 LCT. Si reclamas por el pago de aportes certificado de trabajo y diferencias salariales por un año, sacasate la cuenta de cuanto da? Por ahi estas en lo mismo y es menos engorroso, porque ademas le adicionas las multas. Lo que sea que hagas intima por 48 hs. Saludos y espera la creatividad de los foristas.
 #445022  por virgi65
 
Gracias DraDIlella !! por tu pronta respuesta, estaba leyendo el art 241 no hay nada formalmente hecho, con repecto al considerar que las partes acordaron voluntariamente por su comportamiento, es por ello que pongo reiteradas pedidos verbales,,,aunque nose si con eso alcanza.
Por otro lado vos decis que reclame difrencias salariales,etc..nose me habia ocurrido pero no es mas o menos lo mismo?? no estoy segura... Vos decis poner en el Tl que habiendose extinguido la relación laboral de acuerdo al artl 241, intimo plazo 48 horas entregue certi de aportes, dif.salariales ...bajo apercibimiento?
 #445041  por virgi65
 
Foristas trengo otro dato que me acaban de dar de sumo interes me parece, la empleada de la cual estot preguntandoles, trabajo 10 años en la empresa pero no todos en blanco, es decir que ademas podria pedir tambien por la ley 25.323 relacion laboral con fecha verdadera etc.y las multas correspondientes? o sea que si no funciona por un lado, podria funcionar por el tema del empleo no registrado verdad??
 #445046  por DAL
 
No tenes despido, para mi es un claro caso de 241.
Que hizo tu cliente en un año y medio, pongamosle?? trabajó en otro lado??? en blanco???? si trabajó en negro, querrá reclamar algun día???


Te vas a meter en eso??? despues interviene el hermano/a del tio, padre o madre de tu clienta y vos quedás en pampa y la vía, con un monton de trabajo hecho y sin cobrarlo.-
 #445083  por virgi65
 
Gracias Dal! entiendo lo que decis pero no iria más alla de los telegramas laborales y un ministerio, porque el caso no es de facil probanza, un año y medio es mucho la verdad.. nunca se me habia presentado un caso del art 241, casi no lo tenia muy en cuenta. La verdad nose aún que hizo esta chica en un año y medio ( a lo que vos te referis es que si trabajó ya sea en blanco o en negro la parte demandada llegado el caso puede manifestarlo y ya esta listo fui!!
Gracias colegas por sus consejos..veré que hago!
No saben la utilidad que es este foro para nosotros aquellos profesionales que nos gusta el derecho laboral hemos asistido a cursos etc, pero hay cuestiones que solo la práctica puede enseñarte y a falta de eso colegas generosos que comparten su experiencia!!! Gracias de nuevo a todos!
 #445156  por DAL
 
Claro!
Si trabajó en negro, tal vez se le crucen los reclamos, los juicios, mientras hace est juicio termina iniciandolo tambien contra el otro empleador y se le superponen, y suena!!
Si trabajó en blanco, listo, prueba de que fue un 241!!!

Fijate en anses en el codem, que obra social figura en ese plazo.

Saludos!