Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • DESPIDO INDIRECTO

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #444806  por ODENRA
 
Estimados Colegas:
Quisiera conocer la opinión de uds.¿La negativa reiterada de la Empresa a entregar los recibos de sueldo, pese a la intimación que se le cursa, puede constituir injuria de magnitud suficiente como para justificar un despido indirecto? Adviertan que la falta de los mismos lo priva de utilizar la obra social, conseguir créditos etc.
 #444835  por maesap
 
En mi opinion constituye injuria grave. Si se niegan a entregarle recibo seguramente sea por falta de registracion, y ahi tenes que hacer un reclamos mas abarcativo que la intimacion a la entrega de los recibos. Si nos contas un poco mas como viene el caso te podemos ayudar mejor.
Y, al margen, tene en cuenta que el unico medio por el cual el empleador puede probar el pago del salario es mediante el recibo firmado por el trabajador, los firmaba??
 #444896  por ODENRA
 
El actor esta en blanco, no firmo recibos, solo que el empleador con quien hay una mala relacion no se los entrega, o mejor dicho se los entrega con 3 meses de demora, para perjudicarlo.Mi consulta es tal cual como la planteo.La demandada fue intimada y contesto rechazando la intimacion y negando no haber entregado recibos.Por eso quiero saber si el solo hecho de negarse a entregar los duplicados de recibos de sueldo es causal de despìdo.Por supuesto despues de haber sido debidamente intimada y puesta en mora.
Mi pregunta obedece a que no surge de la L.C.T. una sanción de tal magnitud para este caso.
Gracias por las opiniones que viertan.
 #445073  por alejofer
 
Y SI TU CLIENTE NO FIRMO LOS RECIBOS EL EMPLEADOR NUNCA PODRA PROBAR QUE SE LOS ENTREGABA DEBIDO A QUE NO FIRMO NUNCA UNA COPIA, CREO QUE ES INJURIA SUFICIENTE XRA CONSIDERARSE DESPEDIDA Y MAS AÚN CUANDO FUE INTIMADO A QUE LOS ENTREGUE, SALUDOS
 #445743  por maesap
 
El dinero se lo daba en mano o lo depositaba?
Si se lo daba en mano, intima abone salarios adeudados, toda vez que si no hizo firmar los recibos no puede probar que los pago. Y si niega, date por despedido atento la falta de pago de salarios adeudados.
Si lo depositaba, reclama solo la entrega de doble ejemplar. Fijate si estaba bien categorizado y si le pagaban conforme las escalas salariales del convenio aplicable (con los adicionales), porque ahi podes agregarle algo mas a la intimacion, por ejemplo "ante negativa de tareas intimo aclare situacion laboral..." y reclamas tambien pago de adicional segun convenio x, pago por diferencias salariales y entrega de recibo en doble ejemplar.
Si esta todo ok en su registracion, ahi reclamas solo la entrega de doble ejemplar. Si no lo hace te consideres despedido.
Saludos
 #446220  por ODENRA
 
Estimados colegas les agradezco todas vuestras sugerencias, pero mi pregunta concreta es:
¿LA NEGATIVA A ENTREGAR LOS DUPLICADOS DE RECIBOS DE SUELDO, CONSTITUYE CAUSAL DE DESPIDO INDIRECTO? Y ¿CUAL ES EL FUNDAMENTO LEGAL DEL MISMO? MUCHAS GRACAS