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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #444919  por natalia982
 
hola chicos
TENGO MI PRIMER AUDIENCIA DE VISTA DE CAUSA EL DIA LUNES....ES POR UN REGIMEN DE VISITAS..ME PUEDEN DECIR COMO SE TOMA..Y SI AQUI TAMBIEN SE PRESENTAN LOS ALEGATOS?? ES EN PROVINCIA..
GRACIAS
 #445592  por kantaclaro
 
Natalia: La VC en los Trib. de Flia. se llevan a cabo con la conformación en pleno del Trib. (es decir los 3 jueces). Se dispondrá la lectura de los informes periciales (si hubiere), se interrogará a los testigos y a las partes (en gral. libremente) y finalmente a cada abogado se le ofrecerán unos 15 min. para alegar a viva voz sobre la prueba (hacerlo, y bien, puede incrementar los honorarios que te regulen). De todas maneras intentará previamente el Trib. conciliar a las partes para no llevar adelante la VC (si los abogados y las partes ponen ganas, lo mejor es arreglar). Espero te sirva, suerte
 #445594  por dramyriam
 
Hola kantaclaro, decis que antes los jueces intentan que se llegue aun acuerdo? todavia no tuve mi primer vista de causa, en ningun fuero por eso la duda.
esta seria la audiencia del 842 (del codigo de pcia) previo ordenar la produccion de la prueba no?
tengo un alimentos en el que no hubo acuerdo y bueno no se que sigue, por eso leyendo el post te consulto, y aprendo, gracias
 #445616  por natalia982
 
le tengo terror al los alegatos orales!!!!!!!!!!!!!!
a que te referis con que los haga bien..???
no tengo tiempo de pensar mucho jejjejeje
 #445631  por kantaclaro
 
Natalia: La aud. del 842 (preliminar) debiste haberla tenido y, no habiendo acordado las partes, se proveyó la prueba que finaliza en la AVC que tendrás. Mi referencia es que previo a tomar la AVC intentarán (nuevamente) que las partes arriben a un acuerdo (sino se llevará a cabo la AVC).
No confundas con alimentos donde la audiencia (análoga a la del 842), serán las del 636/637 del CPCC. Suerte
 #445672  por Pilusa
 
Hola kantaclaro. Me encantó tu explicación, redacción y ortografía. De modo que me aprovecho y te hago yo una pregunta, a lo mejor tonta o de obvia respuesta.Tengo una vista de causa en familia por una tenencia en dos semanas.La pregunta es ¿debo acompañar pliego de posiciones? Oportunamente ofrecí la confesional al iniciar la demanda propiamente dicha(luego de agotada la etapa previa)- Es decir que, sin perjuicio de que el Tribunal haga preguntas libremente, de todos modos el demandado absuelve posiciones y debo acompañar el pliego (con la antelación necesaria, claro). ¿Correcto?.-Espero respuesta. Mil gracias.
 #445733  por natalia982
 
Hola!!!
la audiencia preliminar la tuvieron otras abogadas..ya que mi cliente hizo cambio de patrocinio....ahora tengo la de vista de causa...
gracias
 #445773  por natalia982
 
otra pregunta..me podrian decir algo respecto de los alegatos...
voy por la parte del padre....y la absolvente seguro va a mentir y los testigos tambien...
gracias
 #445976  por kantaclaro
 
No me atosiguies!!! (en broma). Primero, la última. Natalia: Más allá de las mentiras o verdades que manifiesten los testigos (respecto a las primeras tendrás la oportunidad de repreguntar para "hacerles pisar el palito") y lo mismo para la contraparte, el alegato de tu parte debe versar resaltando la prueba a favor de tu cliente (tanto la que así resulte como la que hayas podido revertir).
Te aconsejo ir tomando nota a modo de resumen en el desarrollo de la aud. como ayuda-memoria para el momento de alegar.
Pilusa: La posibilidad de acompañar el pliego es válida si la contraparte no se presenta, pudiendo así pedir (y tenés que hacerlo) que se abra el sobre y se la tenga por confesión ficta respecto del mismo. Si se presenta, el tribunal seguramente desechará el pliego, permitiendo que las posiciones allí volcadas se pronuncien a viva voz. Suerte y es un gusto ayudar.
 #446315  por natalia982
 
jejejjej voy a tratra de no atosigarte jejjejjeje pero pensa que somos mujeres!!!!!
una pregunta mas: me das un ejemplo de un alegato respecto de la prueba de confesion....gracias!!!
tengo terror a los alegatos orales....igual hoy hable con la secretaria que lleva el exp y quiere tratar de llegra a un arreglo antes del AVC....
gracias por contestar!!!que foto la del post!!! jejje
 #1075512  por fabidoc
 
Buenos Días. Una consulta, trabada la litis en una demanda de divorcio, tengo que pedir audiencia preliminar.
Una consulta: como dicha audiencia está destinada a abreviar el proceso, además de acercar a las partes por supuesto, podría impugnar la presentación de los hijos como testigos (ahora mayores de edad pero cuando se separaron eran muy chicos, que pueden atestiguar?). Gracias por las opiniones.
 #1086531  por fabidoc
 
fabidoc escribió:Buenos Días. Una consulta, trabada la litis en una demanda de divorcio, tengo que pedir audiencia preliminar (art. 842 Co.,Pro Bs.As)
Una consulta: como dicha audiencia está destinada a abreviar el proceso, además de acercar a las partes por supuesto, podría impugnar la presentación de los hijos como testigos (ahora mayores de edad pero cuando se separaron eran muy chicos, que pueden atestiguar?). Gracias por las opiniones.
Reitero, alguna opinión?
 #1086602  por buenosairesfamilia
 
Lo podes hacer en la vista de causa, cuando les preguntan las generales de la ley. Igual no te van a hacer lugar. En familia dejan declarar igual por mas que estén comprendidos en las generales de la ley. Si es por el hecho de que eran muy chicos solo vas a poder decir algo al respecto en los alegatos.
 #1101767  por Chiara05
 
Hola, les hago una consulta.. es mi primer caso de alimentos en provincia de Buenos Aires, en el cual existe la figura de los Consejeros de Familia. El tema es que presenté la planilla en Receptoría junto con la demanda y la prueba con la que intento valerme y en el primer despacho me fijaron la audiencia del 636 (audiencia preliminar) bajo apercibimiento del 637 y 638 sin enviarme a la etapa previa. Mi consulta es.. el desarrollo de dicha audiencia va a ser similar a la de la etapa previa? es decir, solo se va a intentar que las partes lleguen a un acuerdo y en caso contrario solicito que se produzca el resto de la prueba, testimonial, informativa, etc?
Desde ya sepan disculpar las dudas pero ante la falta de certeza prefiero preguntar y no cometer algún error que después sea irreparable.
Gracias y saludos a todos!