Hola foristas! hoy un cliente me consulto lo siguiente. El es mayor de edad 21 recien cumplidos, no estudia , el padre nunca le paso alimentos y su madre nunca se los reclamo, el puede ahora hacer el reclamo por la cuota alimentaria o su derecho ya caduco, si si no es posible ahora reclamar la cuota, es posible ir por daños y perjuicios??. Les agradezco cualquier ayuda el los temas de familia no estoy para nada al tanto. pero cualquier cosa de pravisional que necesiten les doy una mano
En realidad los padres estan obligados a los alimentos hasta los 21 años y luego, si estos tienen alguna insania, estudio o invalidez.-
Con respecto a previsional te pregunto: inicie una jubilacion de autónomo, pero me aparece deuda entre 2000/2004, esta misma se pago en 60 cuotas que finalizo en marzo de este año, el interesado pregunto en afip por este tema y le dijeron que como se termino de pagar moratoria debia esperar 60 dias aprox. para que se regularice, es esto así? gracias un saludo.-