HOLA AMIGOS: TENGO UNA DUDA - ENVIE CARTAS DOC. LABORAL A EMPLEADOR - SOLIDARIOS Y AFIP- PIDIENDO SE ACLARE SITUACION LABORAL
TRANSCRIBO:
INTIMOLE PLAZO UNICO, PERENTORIO E IMPRORROGABLE DE 48 HS. de recepcionada la presente ACLARE SITUACIÓN LABORAL de acuerdo a hecho, contrato o relación de trabajo a sus ordenes y dependencia de lunes a viernes en la empresa de su propiedad ----------------------------
, relación de dependencia iniciada el 01-07- 1982 ( categoría --------------------------------------------------desempeñada bajo la modalidad TRABAJO EN NEGRO./TRABAJO NO REGISTRADO --ÍNTIMO MISMO PLAZO ABONE: remuneraciones no percibidas por diferencias salariales con CCT 130/75, mas SAC y vacaciones correspondientes desde el inicio de la relación laboral, caso contrario me considerare en situación de despido por vuestra exclusiva culpa e injuriada laboralmente, Art. 63,83.128130, 131, 242, 243,246 y CC LCT Y CCT 130/75.--------------------------------------
ÍNTIMO al mismo tiempo se me blanquee ante los organismos de la SEGURIDAD SOCIAL Y PREVISIONAL (ley 11683 texto ordenado 1998 y modificatorias) y se me extiendan los recibos de haberes con todas las formalidades de la ley y particularmente con constancia de aportes legales y previsionales (art. 80 LCT y modificatorias, llevando a su conocimiento que me amparo en los artículos 8°, 9° y 10 de la Ley Nº 24.013 modificatorias y Art. 47 de la Ley Nº 25.345 haciendo expresa reserva de lo dispuesto en el Decreto 01433/2005 ( FIJASE EN EL CINCUENTA POR CIENTO EL ADICIONAL PREVISTO EN EL SEGUNDO PARRAFO DEL ARTICULO 4º DE LA LEY Nº 25.972. DEROGASE EL DECRETO Nº 2014/2004.- Ley 25972 Ley 25561 Dec. 2014/2004 Dec. 823/2004) bajo apercibimiento de sentirme injuriada y despedida indirectamente por su exclusiva culpa y en consecuencia accionar legalmente radicando las correspondientes denuncias ante los organismos de contralor (M.T.S.S.-A.F.I.P.).-. Constituyo domicilio legal en ------------ QUEDA USTED LEGAL Y DEBIDAMENTE NOTIFICADO "
AHORA -
CRITERIOS:
CUANDO MI CLIENTE SE PUEDE DAR POR DESPEDIDO -
SE DEBEN ESPERAR 30 DIAS - SI O SI - O HAY OTRO CRITERIO.
MUCHAS GRACIAS AFECTUOSAMENTE CAROLINA MARIA
TRANSCRIBO:
INTIMOLE PLAZO UNICO, PERENTORIO E IMPRORROGABLE DE 48 HS. de recepcionada la presente ACLARE SITUACIÓN LABORAL de acuerdo a hecho, contrato o relación de trabajo a sus ordenes y dependencia de lunes a viernes en la empresa de su propiedad ----------------------------
, relación de dependencia iniciada el 01-07- 1982 ( categoría --------------------------------------------------desempeñada bajo la modalidad TRABAJO EN NEGRO./TRABAJO NO REGISTRADO --ÍNTIMO MISMO PLAZO ABONE: remuneraciones no percibidas por diferencias salariales con CCT 130/75, mas SAC y vacaciones correspondientes desde el inicio de la relación laboral, caso contrario me considerare en situación de despido por vuestra exclusiva culpa e injuriada laboralmente, Art. 63,83.128130, 131, 242, 243,246 y CC LCT Y CCT 130/75.--------------------------------------
ÍNTIMO al mismo tiempo se me blanquee ante los organismos de la SEGURIDAD SOCIAL Y PREVISIONAL (ley 11683 texto ordenado 1998 y modificatorias) y se me extiendan los recibos de haberes con todas las formalidades de la ley y particularmente con constancia de aportes legales y previsionales (art. 80 LCT y modificatorias, llevando a su conocimiento que me amparo en los artículos 8°, 9° y 10 de la Ley Nº 24.013 modificatorias y Art. 47 de la Ley Nº 25.345 haciendo expresa reserva de lo dispuesto en el Decreto 01433/2005 ( FIJASE EN EL CINCUENTA POR CIENTO EL ADICIONAL PREVISTO EN EL SEGUNDO PARRAFO DEL ARTICULO 4º DE LA LEY Nº 25.972. DEROGASE EL DECRETO Nº 2014/2004.- Ley 25972 Ley 25561 Dec. 2014/2004 Dec. 823/2004) bajo apercibimiento de sentirme injuriada y despedida indirectamente por su exclusiva culpa y en consecuencia accionar legalmente radicando las correspondientes denuncias ante los organismos de contralor (M.T.S.S.-A.F.I.P.).-. Constituyo domicilio legal en ------------ QUEDA USTED LEGAL Y DEBIDAMENTE NOTIFICADO "
AHORA -
CRITERIOS:
CUANDO MI CLIENTE SE PUEDE DAR POR DESPEDIDO -
SE DEBEN ESPERAR 30 DIAS - SI O SI - O HAY OTRO CRITERIO.
MUCHAS GRACIAS AFECTUOSAMENTE CAROLINA MARIA