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 #446779  por doctorgauna
 
Hola foristas, mi duda es la siguiente: tengo un cliente de construccion. Alguien sabe si la 24013 y 25323 entran? otra duda: la empleadora ofrece abonar el fondo de desempleo. La libreta no la entrega. ¿Con el hecho de abonar el fondo ya se exime dde entregarla y de la sancion del art. 18 ley 22250?
Disculpen pero es la primera vez que voy a una audiencia por un obrero de construcción y no tengo mucho de donde agarrarme para aumentar el monto del arreglo!

Muchas gracias!
 #446791  por maesap
 
Si, la 24013 y la 25323 se aplican al trabajador de la construccion. Yo hice una demanda hace un tiempito, no la tengo en esta compu pero recuerdo que en aquel momento consulte esto mismo en el foro, y obtuve muchas respuestas con fundamentos en este sentido (buscalo q tienen q estar).
Respecto a la libreta, aunque ofrezca pagar el fondo de desempleo, la libreta es obligatoria y mas abarcativa, con lo que yo la reclamaria.