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  • denuncia por amenazas

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 #446172  por lucrep
 
HOla mi consulta es la siguiente : cual es el plazo para hacer denuncia por amenazas verbales? mi cliente las sufrio hace un día, cuenta con 48 hs para denunciar??, yo le recomende que la haga en el juzgado penal anteel juez o el fiscal, porquees mas rapido que si la hace ante la policía..
si luego se reconcilia con su mujer, como se procede con la citacion que ella recciba para ir a declarar??
espero me pueden ayudar saludos
 #446340  por MATRKAXXL
 
lucrep escribió:HOla mi consulta es la siguiente : cual es el plazo para hacer denuncia por amenazas verbales? mi cliente las sufrio hace un día, cuenta con 48 hs para denunciar??, yo le recomende que la haga en el juzgado penal anteel juez o el fiscal, porquees mas rapido que si la hace ante la policía..
si luego se reconcilia con su mujer, como se procede con la citacion que ella recciba para ir a declarar??
espero me pueden ayudar saludos
Quién sería el imputado, la esposa? Es en capital o prov. ? y envía mas datos del hecho.
 #446429  por lucrep
 
hola, si la imputada es la esposa, suele tener ataques de locura reiterados e intentos de suicidio.. mi cliente es la víctima, yo quiero saber cuál es el plazo para formular la denuncia y que consecuencias hay en el caso hipotético de que hagan las pases y le llega a la imputada la citación para declarar?? hay que considerar que tienen hijos menores y están por iniciar el divorcio..
 #446495  por MATRKAXXL
 
lucrep escribió:hola, si la imputada es la esposa, suele tener ataques de locura reiterados e intentos de suicidio.. mi cliente es la víctima, yo quiero saber cuál es el plazo para formular la denuncia y que consecuencias hay en el caso hipotético de que hagan las pases y le llega a la imputada la citación para declarar?? hay que considerar que tienen hijos menores y están por iniciar el divorcio..
Ante la situación, la denuncia va a parar al archivo, por inexistencia de delito, pesará en contra de tu cliente, como una injuria, pues va a decir "que no afecta su buen nombre y honor". Respecto de esta situación encuadraría dentro de la LEY DE VIOLENCIA FAMILIAR, por agresiones verbales, y psíquicas que tendrías que poner dos o tres testigo que conocen la situación, por haber estado "cenando en la casa", o lo q se te ocurra, lo que me parece que es un rollo sin sentido. En cuanto al divorcio, NI MENCIONAR EL TEMA DE LAS ALTERACIONES MENTALES. No te olvides el art. Art. 203. Uno de los cónyuges puede pedir la separación personal en razón de alteraciones mentales graves de carácter permanente, .....del otro cónyuge, si tales afecciones provocan trastornos de conducta que impidan la vida en común o la del cónyuge enfermo con los hijos." en función del Art. 208. Cuando la separación se decreta por alguna de las causas previstas en el artículo 203 regirá, en lo pertinente, lo dispuesto en el artículo anterior en favor del cónyuge enfermo, a quien, además, deberán procurársele los medios necesarios para su tratamiento y recuperación, teniendo en cuenta las necesidades y recursos de ambos cónyuges." lo que implicará que deba pasarle alimentos. Lo mejor es iniciar un divorcio (convenciendo a la conyuge) y hacer una presentación por el 215 o 214 según corresponda. Y olvidate de las denuncias penales, menos en las circunstancia que relatas.
 #446852  por lucrep
 
o sea tratar de encontrar la manera de que se pongan de acuerdo y luego iniciar el divorcio por mutuo acuerdo, para evitar males mayores y que se beneficie la mujer..
muchas gracias por el dato..
ahora te hago una consulta, los plazos para presentar denuncia cuáles son porque en el código no lo prevé.??
saludos
 #446886  por MATRKAXXL
 
lucrep escribió:o sea tratar de encontrar la manera de que se pongan de acuerdo y luego iniciar el divorcio por mutuo acuerdo, para evitar males mayores y que se beneficie la mujer..
muchas gracias por el dato..
ahora te hago una consulta, los plazos para presentar denuncia cuáles son porque en el código no lo prevé.??
saludos
Bueno entendieste en "parte", t dije que la denuncia la olvides. Respondiendo a tu pregunta, no existe plazo, salvo que el delito haya prescripto, pero no quedamos en que la "denuncia", no prosperaba ni a palos? vas a lograr dos cosas que el tipo vea resultados "negativos", y que no te de el divorcio, para que lo lleves vos. Queda a tu criterio.
Saludos.
 #446912  por lucrep
 
Si entendi bien..y lo voy a teenr en cuenta.
lo de la denuncia solo quería saberlo porque me quedo la duda de los plazos ya que lo busque en codigos y bibliografia y no lo enconté.. saludos y de nuevo gracias!!