ricardozmuda escribió:MUCHISIMAS GRACIAS A TODOS Y A SUS SERVICIOS!!De nada,
Gabbis escribió:A ver, esto es lo que yo entiendo. Parece que existía un condominio, más allá del análisis de la ganancialidad. El cónyuge superstite se queda con su 50% que lo tenía por ser propietario, es decir titular de dominio. El 50% restante era del causante, pero a su vez ganancial. Estamos debatiendo acerca de la porción cuya titularidad era del causante. El 50% de ese medio inmueble pasa al cónyuge supérstite por ser ganancial, y el restante lo heredan los hijos por partes iguales.Hola, la respuesta es clara, ya la hemos dado varios, pero seria importante que entiendas por que es así.-
Como queda registralmente hablando: el 75% queda a nombre del supérstite, y cada hijo un 12,5%
alguien que diga si esto es así....................
Y es así como te decimos porque el 50% del titular vivo TAMBIEN SE PARTE entendés.... se disuelve la soc conyugal y se parte el 50% del causante, pero tambien el 50% del que queda vivo...
Entonces de cada titular registral, de cada condómino, 25% ganancial y 25% heredan los hijos... multiplicalo por dos (la parte del difunto mas la parte del que queda vivo) y tenés el 50% ganancial para la superstite y el 50% p los hijos
A ver si ahora sale....
Saludos