HOLA COLEGAS, QUIERO COMENTARLES EL SIGUIENTE CASO. TENGO UN JUICIO DE ALIMENTOS, YO ESTOY POR EL ALIMENTANTE. LA DEMANDA YA SE INICIO PERO TODAVIA NO ME CORRIERON TRASLADO. AHORA MI CLIENTE SE AUTOINTERNO EN UNA CLINICA PARA REHABILITACION PARA DROGAS. HASTA AHORA ESTABA CUMPLIENDO CON LOS ALIMENTOS Y ES SU IDEA SEGUIR HACIENDOLO. MI PREGUNTA ES. ME PUEDO PRESENTAR COMO APODERADA EN LA AUDIENCIA DE CONCILIACION? O QUE ME CONVIENE HACER. NO QUISIERA QUE LA ACTORA VAYA CONTRA LOS ABUELOS. AYUDA PLEASE.