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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #44737  por Claudiab7718
 
Hola a todos los que lean esta consulta, son preguntas generales que a los que están en esto desde hace varios dirán mirá lo que pregunta, pero para lo que estamos comenzando nos ayudan!!!
Mi primer preguntita es ¿la carta poder se puede certificar ante escribano público?, cuando leí como se llena dice q la carta poder se puede certificar por escribano, pero cuando pregunté en anses me mandaron al juzgado de Paz de mi localidad.
Otra cuestión quiero jubilar a una persona de 87 años, que tiene aportado en anses 14 años, la jubilaría por edad avanzada, es extranjera de España pero todo legal porque tiene su DNI de categoría permanente , ahora debo presentar: DNI, carta poder, los certificados de servivios y remuneraciones, mi duda es debo presentar algo más???Espero que alguien me pueda contestar.
Claudia.

 #44749  por Parri
 
Con respecto a la primer pregunta, la firma podes legalizarla ante juzgado de paz, escribano o ante un funcionario de ANSES!
Con respecto a la segunda te van a pedir además un certificado de migraciones! Espero te sirva y suerte

 #44758  por silvro
 
Hola Claudia. Es importante saber cuando trabajo en relac de depend. te marcan la fecha de cese. Si por ej aparecen en el 2005 no vas a poder tomar los 7 años de ddjj. va por escala. Tenes que verificar en la pag. de anses autopista de servicio los datos personales sino tenes que acreeditarlos en la udai del domicilio con original y fotocopia del D.N.I. Otro dato que tenes que sacar es el historial laboral y la Certificación Negativa (te dice si estan los aportes en rrdd y/o inscripción).
Para completar los aportes tenes que comprar moratoria (sicam)que puede ser antes o despues de la rrdd (no sirve superponer). Siempre tene en cuenta que el ultimo mes aportado dara la fecha de cese y por ende los años que te vas a poder tomar como ddjj.
Para trabajar con el SICAM, entras a la pag. de la AFIP (solapa clave fiscal) con nº de cuit y contraseña y debe aparecer el item SICAM. Si no es asi entras a adm. de relaciones y donde dice nueva relacion elegis la opcion sicam. Te va a pedir el nombre del autorizado, pones los mismos datos de la señora.
Una vez que estas en el SICAM, tenes que cargar la sit. de revista, los datos para el plan y los datos personales. Tenes que tener en cuenta que esta señora tiene desde los 60 hasta los 87 años exceso de edad. La ley te permite compensar por cada 2 años de exceso 1 de servicio. Esto no va en el sicam ni en ningun lado. Luego tomas los periodos mas baratos para la sit de revista (ver datos en el foro) , y el cod de actividad mas barato es el 307 de costurera. En la misma ventana en la parte inferior te permite cargar los beneficios. En este caso la compensacion por DDJJ (según fecha de cese) va por el art 3 ley 24476. Sobre este tema hay mucho en el foro que podes asesorarte. Ojo con los meses no te tenes que pasar del periodo permitido.
Como esta persona es extranjera solo se puede comprar moratoria despues de que ingreso en el pais (fijate que en el D.N.I. figura y debe estar este dato acreeditado en los datos personales en la pag de anses) y desde que cumplio 18 años.
Tenes que tener cuidado que la sra. no sea pensionada, si es asi la moratoria tiene que pagarla de contado.
Una vez que tenes el sicam hecho vas a la opcion mandar el plan. Sacas el comprobante de envio y en impresion de formularios el del pago de la primer cuota.
Como tiene relacion de dependencia vas a tener que pedir turno, no podes mandarlo por la web. Vas a tener que presentar el certificado de servicios (controla que esten todos los datos bien) y toda la documentacion del sicam.
La señora vive aca no? porque si esta en el extranjero esto cambia!!!
Suerte!!!

 #44780  por lucchesi
 
[quote="silvro"]Hola Claudia. Es importante saber cuando trabajo en relac de depend. te marcan la fecha de cese. Si por ej aparecen en el 2005 no vas a poder tomar los 7 años de ddjj. va por escala. Tenes que verificar en la pag. de anses autopista de servicio los datos personales sino tenes que acreeditarlos en la udai del domicilio con original y fotocopia del D.N.I. Otro dato que tenes que sacar es el historial laboral y la Certificación Negativa (te dice si estan los aportes en rrdd y/o inscripción).
Para completar los aportes tenes que comprar moratoria (sicam)que puede ser antes o despues de la rrdd (no sirve superponer). Siempre tene en cuenta que el ultimo mes aportado dara la fecha de cese y por ende los años que te vas a poder tomar como ddjj.
Para trabajar con el SICAM, entras a la pag. de la AFIP (solapa clave fiscal) con nº de cuit y contraseña y debe aparecer el item SICAM. Si no es asi entras a adm. de relaciones y donde dice nueva relacion elegis la opcion sicam. Te va a pedir el nombre del autorizado, pones los mismos datos de la señora.
Una vez que estas en el SICAM, tenes que cargar la sit. de revista, los datos para el plan y los datos personales. Tenes que tener en cuenta que esta señora tiene desde los 60 hasta los 87 años exceso de edad. La ley te permite compensar por cada 2 años de exceso 1 de servicio. Esto no va en el sicam ni en ningun lado. Luego tomas los periodos mas baratos para la sit de revista (ver datos en el foro) , y el cod de actividad mas barato es el 307 de costurera. En la misma ventana en la parte inferior te permite cargar los beneficios. En este caso la compensacion por DDJJ (según fecha de cese) va por el art 3 ley 24476. Sobre este tema hay mucho en el foro que podes asesorarte. Ojo con los meses no te tenes que pasar del periodo permitido.
Como esta persona es extranjera solo se puede comprar moratoria despues de que ingreso en el pais (fijate que en el D.N.I. figura y debe estar este dato acreeditado en los datos personales en la pag de anses) y desde que cumplio 18 años.
Tenes que tener cuidado que la sra. no sea pensionada, si es asi la moratoria tiene que pagarla de contado.
Una vez que tenes el sicam hecho vas a la opcion mandar el plan. Sacas el comprobante de envio y en impresion de formularios el del pago de la primer cuota.
Como tiene relacion de dependencia vas a tener que pedir turno, no podes mandarlo por la web. Vas a tener que presentar el certificado de servicios (controla que esten todos los datos bien) y toda la documentacion del sicam.
La señora vive aca no? porque si esta en el extranjero esto cambia!!!
Suerte!!![/quote]
ME PARECE QUE NO TE ENTENDIERON QUE ERA PARA JUBILACION POR EDAD AVANZADA. CUANDO LA PERSONA ES EXTRANJERA, HAY QUE TENER EN CUENTA DOS COSAS: 1- QUE EN EL DNI FIGURE LA FECHA DE
INGRESO AL PAIS ,y 2- SI TIENE UN CUIL CON CEDULA DE IDENTIDAD
Y OTRO CON DNI DEBES UNIFICARLOS MEDIANTE FORM 581 EN AFIP.
COMO BIEN TE DIJERON ANTES DE PEDIR EL TURNO, DEBES ACREDITAR
SUS DATOS EN ANSES CON DNI Y FOTOCOPIA. LA PERSONA DEBE TENER DIEZ AÑOS DE APORTES, DE LOS CUALES 5 DEBIERON HABER SIDO TRABAJADOS EN LOS ULTIMOS 8 - ESPERO TE SIRVA
 #44800  por Claudiab7718
 
GRACIAS POR HABERME CONTESTADO, YO YA ACREDITE LOS DATOS EN ANSES, Y SI DEBO UNIFICAR LOS CUIL PORQUE TIENE UNO CON CÉDULA Y OTRO CON DNI,GRACIAS POR ESE DATO
PERO ANTES LE COMENTO COMO ES EL CASO: ES UNA RELIGIOSA QUE LE COMENZARN A APORTAR A PARTIR DEL AÑO 94 HASTA LA ACTUALIDAD, POR ESO YO CONSIDERO QUE ES UNA JUBILACIÓN POR EDAD AVANZADA!!! COMO OPINÓ LUCHESSI!!!
PERO TODO LO QUE ME DIJERON LO VOY A TENER EN CUENTA GRACIAS!!!!

 #44804  por Claudiab7718
 
AH DEVUELTA SOY YO, ME PUEDEN EXPLICAR ESTAS SIGLAS DDJJ Y RRDD.
Y CON RESPECTO A LA FIRMA DE LA CARTA PODER EN ANSES ME CONTESTARON NO EN UDAI SINO EN OFICINA DE ANSES QUE YA NO CERTIFICAN ELLOS ES ASÍ???

 #44851  por silvro
 
RRDD es relacion de dependencia y DDJJ es el periodo que podes declarar bajo juramento (en realidad no firmas en ningun lado) que trabajastes en rel de dep sin tener ninguna constancia y sin poder probarlo.