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  • Trabajo en negro. Asesoramiento a empleador

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #448344  por drarosa
 
Estimados colegas. Mi cliente tiene un autoservicio pequeño (de barrio). Uno de sus empleados trabajaba días salteados (cubría los francos de quien atiende la carnicería) y asistía a trabajar tres tardes a la semana aproximadamente. La relación se desarrolló así durante aproximadamente 4 años con un intervalo de 15 días en el medio, tiempo en el cual se fue a probar suerte a otro lado para luego volver. El tema es que actualmente por problemas de salud este hombre no puede seguir trabajando para mi cliente. Hace un par de meses que se le paga el sueldo a pesar de que no asiste a trabajar. Mi cliente desea cortar la relación e indemnizarlo si es necesario, pero la relación no está registrada... ¿me pueden dar una mano acerca de cómo proceder? Muchas gracias.
 #448537  por JoMarch
 
Si la relación no está registrada, acá en Santa Fé no se puede hacer Convenio en Ministerio de Trabajo porque piden CAT y recibo de sueldo.

Una posibilidad (dejando de lado las valoraciones....) es que lo registre ahora y lo despida y lo indemnice, y si quiere pagarle más por la indemnización del tiempo no trabajado le de más por afuera (aunque bajo recibo), pero que quede bien en los recibos de sueldos y documentos de afip, anses, etc.

O bien, anotarlo, y luego al despedirlo hacer un convenio donde le ofrece un poco más de lo qeu le corresponda.
El tema es que no quede en ningún lado del convenio que trabajó en negro... por el tema de la notificación a al Afip que tienen que hacer los funcionarios administrativos y/o jueces laborales a la Afip si detectan reconocimiento de trabajo en negro. Porque después la afip tiene varios años para venir a cobrarle al empleador los aportes y contribuciones.....

Yo cuando pagan sobresueldos en negro, en la liquidación final del despido suelo poner "en concepto de indemnización por antigüedad, por falta de preaviso y por gratificación por servicios prestados a la empresa"... y nunca me lo observaron... en definitiva se le da más.
Pero no se puede poner así si trabajó 3 meses.....

Seguro que algún preclaros forista te puede ayudar mucho más que yo!


Suerte
 #448562  por DAL
 
Tenes que hacer un convenio en tribunales, no se donde estas pero en casi todas las jurisdicciones se hacen, son espontaneos, uno invoca tal situación, el otro la niega, y acuerdan.
Fijate el art. 15 LCT.
Paga la indemnización por antiguedad y el preaviso, no arregles por menos de eso.