Mira, segun tengo entendido son 30 días...! creo que lo leí en la camara....! para presentarlo, porque ahora lo podes tramitar por internet -generas la minuta y despues vas a la camara a para que tu cliente la firme.
Alguna opinión??
Gracias por tu respuesta!, pero a lo que me refería es a un poder ya hecho. Es del año 2006, y quería saber si puedo usar ese mismo o hay que hacer uno nuevo?
Gracias!
Mira, en mi caso particular, tuve varios reclamos por distintos objetos en la SS e invocaba ese poder, pedia el desglose del talon y lo presentaba en otro juzgado, pero depende de que el juzgado te lo desglose, con lo cual ante la negativa, tuve que hacer uno nuevo. Espero te sirva!
OK, Mil gracias por responder.
Lo voy a presentar con ese entonces.
Recién me pude comunicar con la cámara y me dijeron que sirve.
Gracias!!!!!
Saludos.