Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Necesito respuesta PORFA

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #448898  por dieyali
 
Hola gente:
Despues de celebrada la audiencia del Seclo sin haber llegado a un acueredo ¿Cuanto tiempo tengo para iniciar la demanda?
Slds
 #448907  por Fede Gonza
 
Tenés dos años y seis meses a partir de la fecha del distracto. Obviamente que los créditos mensuales anteriores al distracto (dif. salariales, horas extra, salarios caídos, SAC impagos) prescribirán a los dos años y seis meses contados a partir de la constitución en mora, es decir a partir del día que se tornan exigibles por el mero vencimiento del plazo (4 días hábiles, fechas de pago de SAC, etc). Los seis meses lo agrega en fallo plenario de la Cámara en interpretación del 257 LCT (Fallo Plenario N° 312 Acta N° 2472).