Buenas tardes, la consulta es la siguiente: tengo 4 clientes que proximamente van a escriturar un inmueble en capital pero 1 de ellos vive en Italia; la idea es hacer un poder para que alguno de los otros 3 se haga apoderado de esta persona que vive en el extranjero.- ESo se puede hacer sin tener que viajar???? Alguien me puede tirar alguna idea de como hacerlo??
Muchas Gracias
Muchas Gracias