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 #448968  por leocba
 
hola les consulto, tengo un cliente que tuvo accidente de trabajo por ende esta bajo las prestaciones de la art, ya pasaron 2 años y la empresa lo despide sin pagar indemnizacion, ampara en el 211 in fine. pero el sigue con carpeta medica por la art, y tiene un 71% de incapacidad fijado por comision medica.. le corresponde indemnizacion? fudado en que? y si tienes jurisprudencia mejor

saludos
 #449020  por Fede Gonza
 
Si se cumplieron los plazos de art. 211 y el procedimiento, entonces no podrá reclamar indemnización alguna. Debería haber mandado telegrama art. 212.
Si puede continuar el trámite ante la art. y peticionar las prestaciones e indemnizaciones de la LRT.