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  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #449985  por Florencia2607
 
Hola estimados foristas!!!

Quisiera hacerles una consulta.. tengo un caso en cual la esposa le inicia alimentos al marido, ellos estan casados desde hace 30 años, viven en la misma casa, sin compartir habitación.

Me vino a ver el esposo... estoy con los plazos justo!!!

La esposa Inicio demanda, solicitando el 35% de los haberes ( el señor esta jubilidado y cobra $ 3000) y le fijaron una cuota provisoria del 20% de la cuota alimentaria y embargandole el 20% del sueldo.-

El tema esta en que tengo que contestar demanda, corresponde que le pase alimentos viviendo juntos??? Porque en realidad, ambos se deben alimentos recíprocos, ella cobra $ 400 de una jubilación y El se hace cargo del alquiler de la casa, gas y la luz.-

Quedo al aguardo de su respuestas, gracias!!!
 #450032  por kantaclaro
 
Flor: La respuesta la tenés en el art. 198 del CC, así que peleala de la mejor manera pero algo deberá ceder el buen hombre!!. Obvio que en la contestación hagas valer los cargos que él asume. Suerte
 #450113  por Florencia2607
 
Muchas gracias!! Si se que tengo el 198 CC.. pero como es reciproco no se como tirar la balanza para el lado de mi cliente.. gracias nuevamente!!
 #451430  por Pato272727
 
Ella recibe $ 1000 y el se queda con $ 2400. no veo a donde podrías inclinar la balanza.