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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #449604  por PAUDOMINGUEZ
 
Hola les consulto sobre este caso: persona sale por la madrugada a su trabajo, es asaltado y recibe un golpe en la cabeza que le ocasiona un corte de 2 cm en el cuero cabelludo, es atendido por la ART, mi pregunta es la siguiente:

Tiene la art que pagarle por la cicatriz que le quedara????

Gracias, saludos.
 #449608  por MAYRA40
 
Tengo entendido que la ART se exonera de responsabilidad por hecho fortuito si algun colega tienen otra opinión.
 #449930  por alejofer
 
LA ART NO RESPONDE XQUE ES IN ITINERE, SALUDOS!!
 #449934  por DAL
 
La ART no se exonera!
Las cicatrices solo se indemnizan cuando estan en el rostro. Habría que ver en que parte del cuero cabelludo esta, casi en la frente, al costado, en la linea de crecimienot del pelo, puede caer en el concepto de "rostro"
 #449943  por il_dani
 
NO. No se exhonera, pero es cierto lo que dice DAL sobre las cicatrices en el rostro.
 #449947  por klaudia7
 
Coincido con DAL, obvio. Además de la cicatriz que otros traumatismos sufrió?
 #450280  por PAUDOMINGUEZ
 
Gracias a todos por la ayuda, a consecuencia del golpe que le propino el ladrón se le produjo solo un corte de 2 cm detrás de la oreja derecha, fue atendido y se le aplico el pegamento “la gotita” para cerrar la herida, se realizaron estudios y no tiene ninguna lesión mas, se lo medico con analgésicos.

Saludos.
 #450300  por pitu
 
una pregunta relacionada con este tema: la intervención de un tercero (por ejemplo asaltante) en el trayecto del trabajador de su lugar de trabajo a su domicilio particular, excluye la posibilidad de que se trate de un accidente in itinere ??
si no llega a excluir, es decir, que igual en ese caso estemos en presencia de un accidnete in itinere, esta intervención del tercero , no impide que deba responder la art ?
pienso y digo: la art cubre, por su cobertura, solo accidnetes de trabajo y/o en el caso del ejemplo por accidentes in itinere, pero si ese accidnete se produce por un factor que es ajeno a la relación de trabajo ( asaltante) pienso que no debería responder por algo que es ajeno a la relación entre trabajador-empleador-art
 #450303  por DAL
 
No es así.
EStudialo.