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  • alguien tiene experiencia con embargos de ARBA??????

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Nuevo Foro para los amantes del Derecho Tributario. Saludos a la AFIP
 #446834  por claudia rodriguez
 
hOLA COLEGAS,ESPERO PUEDAN AYUDARME. MI CLIENTE TIENE UNA CUENTA EMBARGADA POR ARBA POR $ 30.000, DEUDA INEXISTENTE YA QUE ARBA SE LA CALCULO POR PRESUNCIONES,POR MOVIMIENTOS BANCARIOS EN SU CUENTA INDIVIDUAL, PERO EL TEMA ES QUE ÉL LA UTILIZABA PARA LOS MOVIMIENTOS DE UNA SOCIEDAD DE HECHO QUE CORRECTAMENTE TRIBUTA EL IMPUEST A LOSINGRESOS BRUTOS.
EL PROBLEMA ES QUE YA HAY TITULO EJECUTIVO Y EMBARGO SIN AUTORIZACION JUDICIAL, QUE SE HACE EN ESTOS CASOS?'' PRUEBAS HAY SUFICIENTES PARA PROBAR LO DICHO PERO COMO ES UN EJECUTIVO LAS EXCEPCIONES QUE CONTEMPLA NO PUEDO UTILIZARLAS. PAGA Y DESPUES RECLAMA??? AL PAGAR NO ESTA RECONOCIENDO LA DEUDA???? OTRRA SOLUCION POR FAVOR......
MUCHAS GRACIAS CLAUDIA
 #447666  por Tuiti
 
Estos son los problemas que trae utilizar una cuenta bancaria para operaciones de otro contribuyente ( en este caso la sociedad de hecho ).
Seguramente tu cliente omitió contestar las intimaciones previas que manda ARBA al inicio de un ejecutivo, reclamándole impuesto adeudado o inconsistencia entre los depósitos bancarios y los ingresos declarados, es una lástima ya que ese era el momento de hacer todos los descargos que vos mencionás en tu post ,es un trámite engorroso pero posible.
Tu cliente ¿ Está inscripto por otra actividad en Ing. Brutos ? ¿ Quién tomaba las retenciones bancarias , tu cliente o la S de H ?
 #451472  por claudia rodriguez
 
tuiti:

mi cliente estaba inscripto pero nunca le dio de baja, ceso en el 2003, pero le reclaman del 2006, que fue cuando conformo la sociedad de hecho y comenzo a tener los movimientos de los bancos.

¡ te parece iniciar una accion meramente declarativa solicitando la inconstitucionalidad del articulo 39 bis y 50 del codigo fiscal, solicitando como medida cautelar el levantamiento de las medidas cautelares??

gracias
 #451906  por Tuiti
 
claudia rodriguez escribió:tuiti:

mi cliente estaba inscripto pero nunca le dio de baja, ceso en el 2003, pero le reclaman del 2006, que fue cuando conformo la sociedad de hecho y comenzo a tener los movimientos de los bancos.

¡ te parece iniciar una accion meramente declarativa solicitando la inconstitucionalidad del articulo 39 bis y 50 del codigo fiscal, solicitando como medida cautelar el levantamiento de las medidas cautelares??

gracias
La inconstitucionalidad de los arts. que mencionás ha sido planteada en varias oportunidades (muchas)sin conseguir que la misma se declare.Pero en algún momento supongo que reaccionarán al horror que son esos arts. junto con el 40 y otros más. La verdad es que no sé que contestarte ya que debiera profundizar el tema antes de decirte si yo la plantearía o no.
Lo que con seguridad te repito es que tu cliente dejó pasar todas las oportunidades que tenía para hacer sus descargos y no creo que te concedan la cautelar.
Esperá otras opiniones. Y después contanos como siguió el tema así aprendemos todos.