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  • sucesion ab-intestato/ sucesion testamentaria

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 #448659  por abogado1987
 
leon21 escribió:ABOGADO 1987 GRACIAS !!!!
PREGUNTITA:
1.-ante el oficio al banco central muchos bancos han enviado si hay cuentas o no en dichos bancos, pregunto justo el banco donde sabemos que tiene una cuenta no sabemos de cuanto o si no hay nada, no ha enviado nada al juzgado , pasa asi ??? que no todos envian los datos al juzgado ???? que hacer ???
a.-solicitamos oficio a dicho banco especifico, esto es asi ???
b.-solicitamos que los demas bancos envien datos en el juzgado , como hacerlo ?????

León, de acuerdo a
Art. 400. - Los pedidos de informes, testimonios y certificados, así como los de remisión de expedientes ordenados en el juicio, serán requeridos por medio de oficios firmados, sellados y diligenciados por el letrado patrocinante con transcripción de la resolución que los ordena y que fija el plazo en que deberán remitirse. Deberá, asimismo, consignarse la prevención que corresponda según el artículo anterior.
Los oficios dirigidos a bancos, oficinas públicas, o entidades privadas que tuvieren por único objeto acreditar el haber del juicio sucesorio, serán presentados directamente por el abogado patrocinante, sin necesidad de previa petición judicial.
Deberá otorgarse recibo del pedido de informes y remitirse las contestaciones directamente a la secretaría con transcripción o copia del oficio.
Cuando en la redacción de los oficios los profesionales se apartaren de lo establecido en la providencia que los ordena, o de las formas legales, su responsabilidad disciplinaria se hará efectiva de oficio o a petición de parte.



2.- con respecto a las ventas por poder, amen de esa cuestion , cuando se vende el titular no es que tiene que entregar la escritura o los antecedentes anteriores que obran en su poder ???? seria lo normal ????

también podría existir un segundo testimonio
tendría que constar en las constancias registrales del inmueble ....


graciassssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssss
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 #448879  por leon21
 
ABOGADO 1987 GRACIAS !!!!!!!!!!!!!!!
PREGUNTITA;
1.-hay dos inquilinos presentados en el expediente del causante, que abonaron unos tres meses por dicho medio o sea deposito judicial, hasta que se les vencio el contrato, como hacemos para solicitar esos dinerillos
2.-el contrato ya vencido hace meses : podemos solicitar los alquileres hasta la fecha podriamos negociar primero y si no juicio ( esto seria a travez de juicio de desalojo y cobro ejecutivo de alquileres??? esto es asi ???)
gracias !!!!! sos el me jorrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrr !!!!
 #449088  por abogado_1987
 
leon21 escribió:ABOGADO 1987 GRACIAS !!!!!!!!!!!!!!!
PREGUNTITA;
1.-hay dos inquilinos presentados en el expediente del causante, que abonaron unos tres meses por dicho medio o sea deposito judicial, hasta que se les vencio el contrato, como hacemos para solicitar esos dinerillos

si es dinero dado en pago, solicitaría cheque a nombre de los herederos declarados en autos ...

2.-el contrato ya vencido hace meses : podemos solicitar los alquileres hasta la fecha podriamos negociar primero y si no juicio ( esto seria a travez de juicio de desalojo y cobro ejecutivo de alquileres??? esto es asi ???)

en 1er término acordaría con el locatario el pago de los alquileres, en caso
negativo intimaría por CD el pago de los alquileres y
1622. Si terminado el contrato, el locatario permanece en el uso y goce de la cosa arrendada, no se juzgará que hay tácita reconducción, sino la continuación de la locación concluida, y bajo sus mismos términos, hasta que el locador pida la devolución de la cosa; y podrá pedirla en cualquier tiempo, sea cual fuere el que el arrendatario hubiese continuado en el uso y goce de la cosa. ...


gracias !!!!! sos el me jorrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrr !!!!
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 #449269  por leon21
 
ABOGADO 1987 GRACIAS !!!
en el juicio de internacion uno de los inquilinos, que luego siguio abonando en la sucesion habia abonado los 4 meses anteriores, en este caso como pedimos ???
seria : solicitaría cheque a nombre de los herederos declarados en los autos de la sucesion exp nº xxxx, se le extienda el cheque a nombre de tal o cual ??? estara bien ???.-
el mejorrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrr por lejosssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssss
 #449398  por abogado1987
 
leon21 escribió:ABOGADO 1987 GRACIAS !!!
en el juicio de internacion uno de los inquilinos, que luego siguio abonando en la sucesion habia abonado los 4 meses anteriores, en este caso como pedimos ???

está depositado en el expte? ...
si es así, solicitaría la transferencia de los fondos a una cuenta judicial
a la orden del juez del sucesorio ...


seria : solicitaría cheque a nombre de los herederos declarados en los autos de la sucesion exp nº xxxx, se le extienda el cheque a nombre de tal o cual ??? estara bien ???.-

si está acreditado el depósito; solicitaría se ordene librar cheque a favor de los herederos declarados en los autos sucesorios ...

el mejorrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrr por lejosssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssss
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 #449681  por leon21
 
ABOGADO 1987 GRACIAS !!!
si esta depositado en una cuenta judicial, en el juicio de internacion, podemos solicitar en dicho expediente los 4 meses que depositaron ???? que me dices ??? o pedimos que lo pasen a una cuenta judicial del sucesorio????
gracias !!!
el mejorrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrr
 #449756  por abogado1987
 
leon21 escribió:ABOGADO 1987 GRACIAS !!!
si esta depositado en una cuenta judicial, en el juicio de internacion, podemos solicitar en dicho expediente los 4 meses que depositaron ???? que me dices ??? o pedimos que lo pasen a una cuenta judicial del sucesorio????

solicitaría la transferencia a una cuenta a nombre del Juzgado -donde tramita la sucesión - y como perteneciente al expte. sucesorio en el Banco de la Nación Argentina -Sucursal Tribunales- ...

gracias !!!
el mejorrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrr
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 #449909  por leon21
 
GRACIAS ABOGADO 1987!!!
pregunto : no se puede retirar a travez de un cheque dicho dinerillo de dicho expediente???
odicho juzgado deberia acreditar al juzgado de la sucesion por el tema de a quien o quienes corresponderia dichos dinerillos segun para quien le alla quedado dicha propiedad es este el tema ??? es esto asi ?????
desde ya un millon de GRACIASSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSS !!!!!!!!!!!!!
 #450128  por abogado1987
 
leon21 escribió:GRACIAS ABOGADO 1987!!!
pregunto : no se puede retirar a travez de un cheque dicho dinerillo de dicho expediente???
odicho juzgado deberia acreditar al juzgado de la sucesion por el tema de a quien o quienes corresponderia dichos dinerillos segun para quien le alla quedado dicha propiedad es este el tema ??? es esto asi ?????

no entiendo la pregunta ...
pero interpreto que solicitaría la transferencia al juzgado/expediente donde tramita el sucesorio del causante
acreditada la transferencia > solicitaría cheque a nombre de los herederos ...


desde ya un millon de GRACIASSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSS !!!!!!!!!!!!!
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 #450310  por leon21
 
ABOGADO 1987 GRACIAS !!!!!!!!!!!!!!!!
1.-esta bien ya entendi el asunto: pedir una vez en el sucesorio : libre cheque
2.-pregunta simple pero por las dudas: un dpto esta donado al Padre (DE LOS HEREDEROS), por parte de un tio a este, pero dicho tio se quedo con el usufructo de por vida de dicha propiedad, me hago entender???
mi pregunta seria: hay que hacer algo para que figure solamente ahora los herederos en el dominio en el RPI, o se sobre entiende que si fallecio a quien dono, el usufructo ya no tiene razon de ser y al ser unicos herederos se inscribe directamente a ellos, me hice entender ??? o se debe presentar partida de defuncion del tio o escrito que diga que fallecio o no hace falta hacer nada????

gracias de 10 graciasssssssssssssssssssssssssssssssssssss!!!!!!!!!!!!!!!!!!!
 #450542  por abogado1987
 
leon21 escribió:ABOGADO 1987 GRACIAS !!!!!!!!!!!!!!!!
1.-esta bien ya entendi el asunto: pedir una vez en el sucesorio : libre cheque
2.-pregunta simple pero por las dudas: un dpto esta donado al Padre (DE LOS HEREDEROS), por parte de un tio a este, pero dicho tio se quedo con el usufructo de por vida de dicha propiedad, me hago entender???
mi pregunta seria: hay que hacer algo para que figure solamente ahora los herederos en el dominio en el RPI, o se sobre entiende que si fallecio a quien dono, el usufructo ya no tiene razon de ser y al ser unicos herederos se inscribe directamente a ellos, me hice entender ??? o se debe presentar partida de defuncion del tio o escrito que diga que fallecio o no hace falta hacer nada????

León, si entendí que el tío que tenía el "... usufructo de por vida de dicha propiedad ... " falleció ...
interpreto que corresponde > desafectación de usufructo por fallecimiento ...


gracias de 10 graciasssssssssssssssssssssssssssssssssssss!!!!!!!!!!!!!!!!!!!
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 #451257  por leon21
 
ABOGADO 1987 GRACIAS !!!
ME DICES CORRESPONDE DESAFECTACION DE USUFRUCTO POR FALLECIMIENTO, pregunto eso como se pide, que habria que hacer desde el juzgado o en el rpi ??? como seria???
graciasssssssssssssssssssssssssssssssssssssss !!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!
 #451324  por abogado1987
 
leon21 escribió:ABOGADO 1987 GRACIAS !!!
ME DICES CORRESPONDE DESAFECTACION DE USUFRUCTO POR FALLECIMIENTO, pregunto eso como se pide, que habria que hacer desde el juzgado o en el rpi ??? como seria???

León, la desafectación de usufructo y la inscripción siempre la derivé a un escribano público ...

graciasssssssssssssssssssssssssssssssssssssss !!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!
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 #452347  por leon21
 
Gracias ABOGADO 1987!!!!!!!!!!
entonces pregunto :
se puede inscribir igualmente las propiedades a nombre de los herederos o primeramente hay que sacar el usufructo????? desafectar el usufructo ???
desde ya gracias !!! el mejorrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrrr
 #452368  por miliflor
 
Primero es necesario que me digas si la sucesion esta en provincia o en capital. Siempre te va a convenir pedir la conexidad entre ambos expedientes. Eventualmente, sino se pueden recaratular como uno solo que ambos esten en el mismo juzgado. Por un lado tramira la sucesión de tu mamá y por la del otro la del esposo (que entiendo no tiene herederos forzosos). En la de tu mama te van a dicta declaratoria de herederos y en la del esposo posiblemente no. Es factible que el juzgado sólo protocolice el testamento. En ambas sucesiones el trámite es comín (planilla de juicios universales, edictos, etc) hasta la dh.
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