Hola a todos; tengo un cliente que ha contratado para su padre de muy avanzada edad y que no puede valerse solo en forma parcial, una persona de lunes a sábados 8 horas diarias, cuyas tareas son en parte cuidado de enfemo (suministro de medicamentos, traslados con silla de ruedas, etc) y en parte doméstica ya que hace tareas de la casa (comidas, limpieza, lavado de ropa); si bien la jurisprudencia se inclina mayoritariamente por la locación de servicios, el temor de mi cliente es el accidente in itínere, ya que esta persona (mujer) se retira de la casa a las 22 hs. en bicicleta y el accidente dentro de la casa; Tengo pensado en que debería contratar un seguro del tipo combinado familiar e incluirla, pero por otro lado eso llevaría a probar la relación de dependencia.- Les pido ayuda.- gracias
y no es mejor blanquearla???. si la ley de servicio doméstico no es tan tormentosa como la LCT???...Contaría con obra social y aportes y se evitaría todo tipo de problemas...
es una opinión...porque de última, la relación laboral, la va a probar igual, con o sin seguro...me explico?...
saludos.