Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • AYUDA: Sucesion!!!!

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #454439  por kgr
 
Necesitaria que me ayuden con una sucesion, es la primera que tengo que hacer y estoy un poco perdida.

El tema es así: Fallece el hombre, dejando inmuebles donados por sus padres y un juicio laboral que quedo iniciado cuando murio. Como herederas quedaron la esposa y una hija.

Que es todo lo que tienen que pagar? La tasa de justicia cuanto es el porcentaje?? Ahi algo mas que tienen que pagar???

Gracias!!!!
 #454450  por chiqui79
 
y si, tasa sobre tasa, bono ley, ius previsional, edictos judiciales, oficio al colegio de escribanos y creo que no haberme olvidado nada. ah si la tasacion para inscribir.
 #454488  por kgr
 
Chiqui gracias por tu respuesta.
Te hago una preg que es lo de la tasa sobre tasa??
Y la tasacion para inscribir como es?

Si no estoy confundida la tasa de justicia es 1,5% del valor fiscal del inmueble(valor que surge del abl) y sobre el monto que de se saca el 5% por los muebles no???
Porque me comentaron que la tasa se saca sobre el valor real del inmuble puede ser??
Y sobre el juicio lab, que porcentaje es??

Perdon por tantas preguntas por que pasa es que estoy un poco mareada con todo estoo!!!!
 #454838  por clode
 
En una sucesion en provincia tenes que presentar certificado de defuncion, certificado de matrimonio y certificado de nacimiento de hija, todo con la planilla de juicios universales 7205.
En la sucesion que vos planteas si es en provincia de tasa de justicia se paga 2,2% y una sobre tasa de 10 % sobre el resultado anterior.
Antes de pedir la declaratoria tenes que tramitar un oficio al registro de testamentos y un oficio a la Caja de previsiòn social, aparte de registro de juicios universales y publicar edictos
Para pedir la inscripcion tenes que pedir certificado de dominio, inhibiciones, valuaciòn , y acompañarlo con el titulo original de los inmuebles y la constancia de tasa y sobre tasa pagas.
luego con la orden de inscripcion te vana regular honorarios y tenes que pagar, vos un 10%, el cliente un 5% y vos el 3,5 % de ingresos brutos, con eso y el testimonio y oficio al registro de la propiedad lo presentas y te lo firman
 #455153  por kgr
 
Gracias Clode por toda la info que me diste, pero me olvide de aclarar que es un caso en Capital.
Igual mente me sirve de mucho para el futuro.
 #455296  por Mary
 
Hola!
Falta formulario 1010 y oficio a Aguas Argentinas