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 #454715  por estudiolaw
 
Tengo una sentencia que fue apelada por la contraria y le conceden el recurso libremente,, pregunto lo debe fundamentar cuando suba a cámara, y sube de oficio o debo pedirlo yo, para que no se dilate el proceso
 #454812  por GU
 
Art. 116 a 119 de la L.O.

Cualquier duda, chifla.

Salutes!
 #454874  por Dra. Duda
 
si queres que la cosa no se dilate presentá un escritito solicitando la elevacion a camara, mejor apurar con un escrito que esperar que el juzgado se avive y lo mande por oficio y ni esperar la demandada que buscara por todos los medios de dilatar aun mas la cosa.
una vez en camara (te notifican cuando llega a camara) la demandada debe expresar agravios, de estos te corren traslado por NOTA! tenes 10 dias para contestarlos!!, ahi presentas el escrito COntesta expresion de agravios, lo dejas EN LA SALA!! no en el juzgado, teniendo su proveido pedis se dicte sentencia y ahi resuelve la sala.

lee el art 259, 265 del codigo procesal

suerte
 #455056  por estudiolaw
 
Muchas gracias.-