CONSULTA URGENTE: ¿Tiene vocación hereditaria la cónyuge supérstite de un matrimonio celebrado en Paraguay el 26/10/1977 no inscripto en Ntro. Registro Civil pero sí certificado en el año 2006 en Ntro. Ministerio de Relaciones Exteriores en ocasión de tramitar la pensión ??? ¿Le corresponde participación en los gananciales tras más de 20 años de convivencia??? La cónyuge supérsite tiene además un divorcio no vincular con sentencia definitiva dictada el 30/09/1977, ésta sí oportnuamente inscripta en el Registro Civil