Hola, si podes pedir reparacion integral segun el derecho civil (accion civil art. 1113), por via de declaracion de inconstitucionalidad de las ley 24.557 de ART, hay muchos fallos que declaran tanto como las prestaciones, como los montos que establece la ART, asi que por mas que haya percibido las prestaciones de la art, igual podes reclamar la reparacion de todos lo daños, hay un fallo que se invoca para poder plantear la demanda, espero esto te sirva de algo
Dra. Gomez Carola