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  • ART. 23 CODIGO PENAL ME AYUDAN?

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 #456133  por abogadacordobesa
 
Un cliente, medio mano larga, lease robo de carteras femeninas, subido a una motocicleta, fue debidamente aprehendido infraganti, le dieron libertad pero ahora pretende le restituyen la moto, que esta asu nombre. Fiscal ya anticipó que no, x art. 23 CP. Puedo oponerme? Con que argumentos? Cualquier ayuda que puedan brindarme sera agradecida, colegas.
 #456172  por MATRKAXXL
 
ARTICULO 23.- En todos los casos en que recayese condena por delitos previstos en este Código o en leyes penales especiales, la misma decidirá el decomiso de las cosas que han servido para cometer el hecho y de las cosas o ganancias que son el producto o el provecho del delito, en favor del Estado nacional, de las provincias o de los municipios, salvo los derechos de restitución o indemnización del damnificado y de terceros.
QUE PARTE NO ENTENDISTE ?? :roll: O TENÉS SOBREDOSIS DE PEPEEEEEEEERINA??? LE QUERES LATROCINAR LA MOTO A UN PIBE AHORA ¿¿??? QUE AGRADEZCA QUE NO SOY YO EL FISCAL, LO METO A PATADAS EN EL CULO POR PELOTUDO, ENCIMA FUE A RECLAMAR LA MOTO ???? O VOS "METISTE UN OFICIO TRUCHO", Y TE QUERES LLEVAR LA MOTO. :roll:

ATTE. DR. MATRAKA XXL
(ABOGADO ATEO, Y PORTEÑO)
*cafe*
 #456526  por MATRKAXXL
 
abogadacordobesa escribió:jajajajajjaja
ahora, su sentido del hAmor es raro pero geniTal
:shock: :shock: :shock: