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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #456266  por 630307
 
Estimados foristas, soy el Dr D (disculpen mi insistencia!):
En el caso particular que me ocupa, la empresa le dió el lugar de trabajo a la esposa del trabajador fallecido,(no tenia hijos de esta relación, sí una hija extramatrimonial),los familiares directos (madre y hnos)del trabajador consideran que hubo dolo (ni la emp. ni la ART respetaron las normas de Seg e Hig en el trab.), reformulo PREGUNTA: PUEDO ENTABLAR LA DEMANDA CONTRA LA EMPRESA Y LA ART, FIGURANDO COMO ACTORES: LA MAMA DE LA HIJA EXTR.(Ejerciendo la Patria Potest y en representación de su Hija) y LA MADRE DEL TRABAJADOR FALLECIDO? (En el caso de esta última es mi duda, me justaria escuchar otras opiniones. Sldos).630307
 #456353  por DAL
 
Noooooooooo se entiende tu consulta en lo más minimo!!!
Podés explicar?
 #456375  por DWOR
 
Hola Dal: es simple,lo que el amig quiere saber es: si la madre de un trabajador fallecido, puede demandar a la patronal y a la ART por dolo (art.1.072 c.c.), a pesar de tner el trabajador Esposa (ella no quiere demandar!) e hija extramatrim.Sldos
 #456381  por DAL
 
La hija puede, sin dudar.
La madre, por dolo estimo que tambien, ya que se aplican los principios procesales y la medida del daño es la medida de la legitimación.
 #456396  por DWOR
 
okey Dal, opino lo mismo, espero le sirva al amg. y ya q estamos, en este caso part. puede la madre ser actora e interponer demanda de daños y perjuicio, daño moral y perdid de chance? es decir en virtud del art 1072 c.c. pedir la indemnización integra? Slds
 #456401  por DAL
 
Claro, la indemnización es con los alcances, y los limites, del regimen civil.
La madre, teniendo esposa, no tiene legitimación dentro del regimen laboral, pero todos los damnificados concurren, no se excluyen, en el regimen civil-
Claro que habrá que ver si el regimen civil corresponde, pero eso no es un tema de legitimación sino de derecho-
 #456632  por JoMarch
 
TENIA ENTENDIDO .... (CAPAZ QUE MAL) QUE LOS LEGITIMADOS PARA RECLAMAR DAÑO EN EL DERECHO CIVIL SON LOS HEREDEROS FORZOSOS. SI EL FALLECIDO TIENE ESPOSA Y TIENE UN HIJO, EXCLUYEN A LA MADRE.
SI ESTOY MAL... DESASNARME POR FAVOR!!!!!!!!!!!!
 #457037  por DAL
 
Si, Jo, es así, pero la madre es forzosa, aunque en esta sucesión en particular va a resultar desplazada por LA HIJA no por la esposa, acordate que la madre concurre a la sucesión con la esposa, los ascendientes son desplazados por los descendientes no por los conyuges.
Igualmente hay un monton de fallos civiles donde se admite indemnización a los padres de la víctima aún teniendo esposa e hijos.
El tema es la medida del daño, y el daño en estos casos se limita al daño moral, siempre presente, y la eventual perdida de la chance de una ayuda en la edad madura, ya que los padres no tienen mayor expectativa sobre el patrimonio de los hijos no sometidos a patria potestad.
Laboralmente la legitimación de la madre y hermanos, es cero. Pero civilmente hay algo reclamable, pero no mucho. La esposa y la hija tienen aca "la manija".
 #457068  por JoMarch
 
GRACIAS DAL.
ME DEJAS MAS TRANQUILA.... TENIA LA BIEN LOS LEGITIMADOS... Y MASO LO DE LOS HEREDEROS. CLARO QUE LA HIJA DESPLAZA A LA ABUELA. SI HAY DESCENDENCIA LOS PADRES DEL MUERTO NO HEREDAN.