Hola colegas. Tengo una consulta por una duda que me surge con un cliente.
A este muchacho le ocurrió un accidente en camino al trabajo y se quebro el brazo izquierdo. El problema es que estaba en período de prueba, razon por la cual el empleador al tomar conocimiento del accidente lo despide.
MI pregunta es la siguiente porque en la LCT dice que en caso de accidente inculpable solo lo cubren hasta el cumplimiento del período de prueba pero un socio llamo a la superintendencia y le dijeron que la ART debería cubrir tanto en cuanto a asistencia médica y a prestaciones dinerarias hasta que tenga el alta médica hasta un año si es que sigue con la dolencia.
Yo me la voy a jugar y presentarme en la superintendencia reclamando las prestaciones dinerarias mas alla del período de prueba, por las dudas, pero quería saber a que atenerme y preguntarle si tuvieron alguna experiencia similar y como procedieron.
Cualquier opinion me viene bien.
SAludos
A este muchacho le ocurrió un accidente en camino al trabajo y se quebro el brazo izquierdo. El problema es que estaba en período de prueba, razon por la cual el empleador al tomar conocimiento del accidente lo despide.
MI pregunta es la siguiente porque en la LCT dice que en caso de accidente inculpable solo lo cubren hasta el cumplimiento del período de prueba pero un socio llamo a la superintendencia y le dijeron que la ART debería cubrir tanto en cuanto a asistencia médica y a prestaciones dinerarias hasta que tenga el alta médica hasta un año si es que sigue con la dolencia.
Yo me la voy a jugar y presentarme en la superintendencia reclamando las prestaciones dinerarias mas alla del período de prueba, por las dudas, pero quería saber a que atenerme y preguntarle si tuvieron alguna experiencia similar y como procedieron.
Cualquier opinion me viene bien.
SAludos