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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #456420  por MER_
 
Buenas gente, quería hacerles una consulta respecto de las horas extras...

En realidad es un vigilador, y ya habiendo leido el cct aplicable, y la excepción que hace a la ley de jornada de trabajo respecto a la vigilancia, sé que el computo de horas extras es diferente a lo "regular", pero bueno, se habló con el sindicato y vamos a hacer una liquidacion por despido sin ninguna distinción a lo normal. Nos vamos a tirar el lance, bah (planteando inconstitucionalidades y oponiéndonos en lo que corresponda). Pero bueno, no viene al caso porque mi duda pasaba por otro tema... (siempre me voy por las ramas :lol: )

El vigilador trabajaba 12 horas por dia de 7 a 19 todos los dias menos los viernes, que descansaba. Es decir, en vez de descansar el domingo, lo hacía el viernes.
¿Como debería computarse el domingo? Como horas extras al 100% o como horas normales? Sé que probablemente algunos piensen que es una burrada lo que pregunto, pero en el estudio se planteó el tema y estamos en la disyuntiva. :oops:


Cualquier aclaración será más que bienvenida y desde ya les agradezco un montón....

Saludos! *abrazo*
 #456636  por JoMarch
 
ENTIENDO QUE EL TRABAJADOR ES COMO SI FUERA POR TURNO. Y TIENE DIAGRAMADO CUMPLIR FUNCIONES EL DIA DOMINGO, POR TAL MOTIVO LA LIQUIDACION VA COMO HORAS NORMALES. (SIEMPRE TIENE QUE TENER UN FRANCO APARTE, QUE VOS REFERIS LO TIENE EL VIERNES)
DE TODOS MODOS, SEGUN LOS CONVENIOS TIENEN CONTEMPLADO QUE OCURRE SI EL FRANCO COINCIDE CON FERIADO NACIONAL, POR EJEMPLO EL CASO DE UTA LARGA DISTANCIA.
BUSCA EN EL CONVENIO CORRESPONDIENTE Y AHI ENCONTRARAS LAS RESPUESTA.
SUERTE
 #456791  por MER_
 
Muchas Gracias JoMarch!

Busqué jurisprudencia y encontré un caso donde se aplica como jornada normal y en lo que excede se computa al 50%....

*flor* Saludos y gracias nuevamente!
 #457405  por MORGAN
 
Plenario D´aloi. De lunes a jueves tenés el máximo legal -48 horas semanales-. Le reclamaría 6 horas al 50% y 6 horas al 100% por cada sábado, más 12 hs. al 100% por cada domingo. El CCT aclara ese punto.