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  • CARTA DOCUMENTO- FIRMA ELECTRÓNICA-ART

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #456479  por Selene00
 
hola colegas, tengo una gran duda, una ART me contesta una Carta Documento, negando la prestación a mi clienta por no estar incluida en el art. 6 de LRT, ahora bien, el tema es que la CD llegó sin el sobre de plástico, en el que suelen venir, sin estampillas (en su lugar una impresión del correo argentino con una leyenda franqueo a pagar...), con sello electrónico aparentemente del correo, firma electrónica del gerente de siniestros, y sí tiene los stikers de CD y número. Aguien me puede decir si esto es válido como CD, porque yo vivo en catamarca y acá se hace todo manual como antes, me dijeron que en córdoba también ¿será que en Capital Federal se hace de esta forma ahora?, por favor si alguien sabe me dice?, muchas gracias
 #456497  por sergiosky
 
tendrias que tantear en el poder judicial de tu provincia que opinion tienen sobre este tipo de CD, llegate por los juzgados laborales y pedi hablar con los secretarios a ver que te dicen.
 #457264  por lawyer07
 
Por lo que tengo entendido, dichas firmas electrónicas tiene validez siempre y cuando estén autorizadas y registradas.
Consultá en la página de la Superintendencia de Seguros de la Nación y/o en la Superintendencia de Riesgos de Trabajo, que serían los que podrían llegar a autorizarla.
Suerte y si se de algo mas te aviso.

"...Algunos se casan por Iglesia....otros por Idiotas..."
 #457421  por Selene00
 
OK MUCHAS GRACIAS, SIGO AVERIGUANDO CUANDO SEPA LA RESPUESTA AVISO, LE PREGUNTE A VARIOS COLEGAS Y NADIE HABÍA VISTO ALGO SIMILAR, NI AQUI NI EN CORDOBA, GRACIAS NUEVAMENTE
 #457706  por lawyer07
 
Me olvidaba, sin ir mas lejos fijate que las pólizas de seguro vienen siempre firmadas de esa forma, cotejá de última ambas firmas con el contrato que ha suscripto la empresa, Igualmente si tu idea es responder la CD para discutir que está incluída la enfermedad en la LRT, en las Negaciones que hagas hacé hincapié en desconocer la validez de la firma e intimá a la ART para que te indique en virtud de que disposición dicha firma cobra validez.
Saludos y suerte !

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