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  • EMBARGO PREVIO A LA NOTIFICIONA DE LA DEMANDA --- URGENTE

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #458114  por Milla
 
Estimados colegas !
Me hicieron una consulta por un tema de un embargo que se trabo sobre los bienes de mi cliente y todavia no se notificó la demanda. Dicha demanda fue iniciada hace como 5 meses.
La relación laboral que el juzgado entiende en principio probada no está probada en forma alguna. Por otro lado la empresa no se esta ni desapoderando de bienes ni perdiendo o cediendo capital... esta funcionando como siempre. Si tiene cheques rechazados pero que fueron rechazados por demora en los pagos que luego le entraron.
Entonces que puedo plantear par pedir el levantamiento del embargo ??? tienen fallos??? algo que me puedan aconsejar.
Por otro lado, si todavia no dieron traslado de la demanda, llegado el plazo, puedo pedir la caducidad??? o al solicitar el levantamiento de la cautelar quedo notificada de la demanda ???
Ayuda, por favor !!!
Gracias Milla
 #458144  por DAL
 
Milla, en preguntas de procediiento, ante todo, que codigo procesal se aplica???
Segundo, que embargaron???
Podés ofrecer sustitución, si te causa mucho gravamen el bien que se ha embargado, pero levantamiento liso y llano, estimo que no. Es una cautelar y como tal no requiere prueba de los hechos, solo verosimilitud del derecho invocado.
 #458769  por Milla
 
Lo embargado es dinero a cobrar de diferentes clientes. Entiendo que puede ser sustituido pero porque; por una inhibicion general de bienes por ejemplo ??
Sobre la verosimilitud en el derecho, yo entiendo que no esta probada porque el actor no trabajo para mi mandante en relacion de dependencia... y solo por la declaracion de tres testigos quienes falsamente dijeron que si (y a quienes les vamos a meter la denuncia por falso testimonio) le dan el embargo preventivo ... no es injusto?
Otro tema, todavia no me notificaron la demanda.... Yo tomo conocimiento cuando mi cliente va a cobrar y no le pagan. Tampoco le notifican la medida trabada que entiendo existe un plazo para eso...
Al interponer revocatoria y apelar en subsidio esa sentencia interlocutoria que da el embargo, quedo notificada de la demanda???
 #458966  por DAL
 
Sigo sin saber la jurisdicción pero por lo que decís de la necesidad de tres testigos, Santa Fe no es, así que algun colega de tu jurisdicción te dirá sobre el procedimiento.
Desde ya te digo que sustituir por inhibición NO, sí por embargo de un bien determinado, hay que ver que bienes tiene para ofrecer. Si no tiene nada quedará embargado el efectivo.

Fijate igualmente la extensión de la medida, ya que solamente puede ser embargado un monto, por lo que cubierto, tu cliente quedaría habilitado a cobrar el resto.