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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #457875  por mariaana
 
Les comento mi caso a ver si me pueden ayudar. Mi clienta es despedida por carta documento que nunca recibe por domicilio cerrado. A su vez el mismo día en que le remiten tal misiva ella envía telegrama intimando correcta registración laboral y el cese en malos tratos bajo apercibimiento de considerarse despedida. Yo considero que el despido no tiene valor porque el empleador sí recibió su telegrama, pero la empleada nunca el de despido. Que les parece??
 #457943  por chiqui79
 
mmmm y se presento a trabajar y que paso???? tenes que cerrar el intercambio epistolar, ahi cerras el despido y lo que estara en dudas es la aplicacion de la 24013 o 25323 que se discutuira en el juicio.
 #457963  por cuervita
 
pero por domicilio cerrado, no le dejaron un aviso de visita y tendria q haber ido ella a retirarla?
 #458198  por mariaana
 
El intercambio epistolar lo hizo otro colega, pero el mismo día que mi cte intima por incorrecta registración el empleador lo despide. Por lo que estuve leyendo la jurisprudencia de la Suprema Corte dice que la notificación es recepticia, o sea que hasta que no le llega efectivamente la misiva no tiene efecto.
 #458454  por mariaana
 
En este mismo caso me surge otra duda. En la primera misiva mi cte no hace referencia al hecho que provoca el supuesto despido y no sé si hablar del mismo en la demanda o esperar que me reconvengan por ese hecho y recién ahí referirme al mismo. Que les parece??