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  • Contsruccion - Subcontratista - Diferencias salariales

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #458319  por Nabucodonosor
 
Hola gente!

Me llego un tema laboral con el cual tengo algunas dudas. Paso a comentar:

Es un chico que trabajo seis meses para una constructora que realizo tareas de pavimentacion en calles y avenidas. El tema que esta empresa es subcontratista de la empresa que gano la licitacion para hacer las calles. Asimismo, al pibe le ponen que trabaja 30 horas por quincena y en la categoria de ayudante, cuando en realidad trabaja 12 horas diarias. Esta en blanco, pero logicamente en el recibo figura por menos horas de las que realmente trabaja. Sin embargo, (en forma encubierta) le pagan casi la guita que le corresponde por convenio.-

Preguntas:

1. El telegrama va dirigido a solo a la subcontratista, o a las dos empresas?

2. Va telegrama al Afip?

3. Cual es la diferencia salarial aca? Ellos tienen forma de probar que "por abajo" le pagaban mas que lo que dicen los recibos?
 #458437  por Romina34
 
Por lo que comentas es un caso de subcontratación, previsto en el art. 30 LCT, entonces podes intimar por solidaridad laboral a todos, al principal y al subcontratista. Por un lado por la solidaridad surge del mismo art. y por otro para hacer presión, el principal al recibir la intimación va a presionar al subcontratista para que arregle el entuerto!
Vas a intimar por la 24.013 (siempre que la relación este vigente!) entonces si debes comunicar a la AFIP, fijate que es requisito esencial para que procedan las multas ambos extremos, es decir, intimación durante la relación vigente + notificación a al AFIP.
Por lo que comentas no veo diferencias salariales, sino pago en negro de parte de la remuneración, dado que una parte esta en blanco y otra en negro, pero la suma de ambas da lo que le corresponde por CCT. Por eso el comentario de la ley 24.013, si te fijas regula los casos de no registración o registración deficiente.
Espero te sirva.
Saludos!