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  • LIQUIDACION DE ALIMENTOS

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #454013  por liz
 
HOLA COLEGAS, LES CONSULTO SOBRE LO SIGUIENTE:

EN JULIO 2007 CELEBRAMOS MEDIACION POR ALIMENTOS PARA TRES MENORES. NO LLEGAMOS A ACUERDO ALGUNO.
INICIAMOS ACCION JUDICIAL POR ALIMENTOS DONDE SOLICITE $2.500 POR LA CUOTA PARA LOS 3 HIJOS. EL PADRE SE QUEDÓ EN EL HOGAR Y LA MADRE ALQUILÓ UN DEPTO CON LOS NIÑOS. PEDÍ ALIMENTOS PROVISORIOS PERO ANTES DE FIJARLOS SS. EL EXPEDIENTE DIO VUELTAS YA QUE HABIA UNA CAUSA DE VIOLENCIA PARALELA.

EN 2008 LA MUJER Y LOS HIJOS OCUPARON UN LUGAR EN EL VIEJO HOGAR CONYUGAL YA QUE LA CASA ES MUY GRANDE Y TIENE DOS ENTRADAS INDEPENDIENTES. FIRMAMOS ASÍ UN CONVENIO DE ALIMENTOS POR $ 1.500 PARA LOS 3 HIJOS. LOS PRIMEROS MESES EL DEMANDADO PAGÓ. LUEGO SU HIJO MAYOR CUMPLIÓ 21 AÑOS Y POR DECISIÓN UNILATERAL COMENZÓ A DEPOSITAR $ 1.000 HASTA LUEGO NO DAR NADA.

EN BREVE TENEMOS AUDI DE DIVORCIO. QUIERO PRESENTAR LA LIQUIDACION DE ALIMENTOS Y TENGO DUDAS POR LOS MONTOS.
LOS ALIMENTOS SON RETROACTIVOS A LA FECHA DE LA AUDIENCIA DE MEDIACION PERO POR QUÉ MONTO? POR LOS $ 2.700 QUE PEDIMOS EN LA DEMANDA? PORQUE POR ESÁ ÉPOCA LA MUJER PAGABA UN ALQUILER DE $ 1300- A PARTIR DE LA FECHA DE LA FIRMA DEL CONVENIO SÍ DEBERÍA RESPETAR LOS $ 1500 ENTIENDO.

EL DEMANDADO TIENE SU PROPIO NEGOCIO PERO LO ABRE Y MANEJA CUANDO QUIERE. VIVE DE SUS AHORROS Y HERENCIA PATERNA. DE TODOS MODOS SÍ TIENE BIENES INMUEBLES.

SI ALGUNO PUEDE AYUDARME CON ESTO LO AGRADEZCO MUCHO,

SALUDOS !
 #454089  por diegogvillamayor
 
hola, los alimentos son reotractivos pero segun lo pactado o lo arreglado, es decir los 1500 que nombras no los 2500 que pedias. ya que esto nunca se pacto o se fallo, es decir nunca se fijaron.
tenes que hacer la liquidacion correr el traslado y pasados los 5 dias, embargar.

saludos.
 #458763  por liz
 
Muchas gracias, Diego. Creo como vos que la retroactividad es por los $ 1.500 pero se me ocurre intentar el otro monto para consideración del juez siendo que cuando se fijaron los $ 1.500 la situación era otra: ella vivía en la parte de atrás de la casa del matrimonio.
Antes de eso ella pagaba $ 1.300 de alquiler más gastos. Todo documentado.
Le ves sustento? No tengo apoyo normativo, más bien estaría apelando a la sana crítica de S.S.

Saludos y gracias!
 #458862  por federic0
 
liz escribió:Muchas gracias, Diego. Creo como vos que la retroactividad es por los $ 1.500 pero se me ocurre intentar el otro monto para consideración del juez siendo que cuando se fijaron los $ 1.500 la situación era otra: ella vivía en la parte de atrás de la casa del matrimonio.
Antes de eso ella pagaba $ 1.300 de alquiler más gastos. Todo documentado.
Le ves sustento? No tengo apoyo normativo, más bien estaría apelando a la sana crítica de S.S.
Saludos y gracias!
Más que a la sana crítica estás apelando a que el juez se juegue su investidura... Cómo va a hacer lugar a ejecutar el monto de una cuota de alimentos que no es la fijada sólo porque la situación de hecho haya cambiado??? No tiene ni sustento legal, ni doctrinario, ni jurisprudencial, ni de sentido común... Yo que vos ni lo intento...
Saludos.
 #459003  por diegogvillamayor
 
hola como esas, en temas de ejecucion de convenios y demas no hay sana critica, es ejecutar lo pactado, no podes pedirle al juez que diga que en si la sentencia emitida no tiene valor y que si tiene un monto que a vos se te ocurrio.
Comparto el anterior post, vas a perder tiempo, no lo intentes, y reclama lo que es realmente.
Es mas te pueden ordenar dar traslado de tu pedido, al darlo vas a perder y con costas.
saludos.