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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #25787  por NAOMI_NHO
 
TENGO QUE INICIAR UN TRÁMITE JUBILATORIO EN IPS. ALGUIEN ME PUEDE DECIR QUÉ TENGO QUE PRESENTAR? QUÉ TIPO DE PODER NECESITO? SI TENGO APORTES EN ANSES, PUEDO AGREGARLOS DESPUÉS O TENGO QUE PEDIR UN RECO ANTES DE INICIARLA EN EL IPS??

POR FAVOR, CUALQUIER DATO QUE PUEDAN APORTAR ME AYUDARÁ MUCHÍSIMO, YA QUE NUNCA INICIÉ UN TRÁMITE EN IPS??

 #25800  por VGalbicka
 
Hola...IPS se rige x la Ley 9650/80

Requisitos

*60 años de edad y 35 años de servicios
*si son insalubres 50 años de edad y 25 años de servicios insalubres
si es docente:
* 50 años de edad y 25 años de servicios docentes al frente de grado o profesores con 20 horas cátedras
* o 50 años de edad y 25 años de servicios docentes con un mínimo de 10 años al frente de grado
*55 años de edad y 30 años de servicios docentes

Documentación que tenes que reunir

- Certificación de Servicios y Resolución si ya no trabaja o Decreto de Cese, si todavía está trabajando lo tiene que pedir
- Último recibo de sueldo (original y copia)
- DNI (fotocopia del la 1º y 2º hoja)
- Nº de CUIL o CUIT
- Telex de ANSES (R.U.B. – Mesa de Entradas- Autónomo- Activos)
- Servicios que no sean provinciales: deberá acompañarse del Reconocimiento de servicios de la Caja correspondiente.
- Formularios: 101 / 800 / 600 / 830


Podes iniciarlo en La Plata, en la casa de la provincia (depende de que caja provincial sea) o en lasede municipal

 #25811  por NAOMI_NHO
 
MUCHÍSIMAS GRACIAS!!!!
AHORA TE PREGUNTO, QUÉ PASA SI NO TENGO EL RECONOCIMIENTO DE SERVICIOS DE ANSES? LA PUEDO INICIAR IGUAL Y DESPUÉS AGREGARLO? (LOS AÑOS EN IPS ME ALCANZAN)

QUÉ TIPO DE PODER UTILIZO? ME SIRVE EL DE ANSES?[/code]

 #25825  por mirtalucia
 
Si los años que tenés te alcanzan, el reco lo podes agregar despues, pero tené en cuenta la prescripción (solo dos años para atras).
El poder de ANSES no te sirve. tenes que hacer uno en el juzgado de paz, que podes sacar del lex doctor, y ojo, tenes que tener domicilio constituido en La Plata y pagar el Ius previsional.
 #45890  por griseldabeatriz
 
hola vi un post donde hablaban de jubilaciones en IPS yo llame a la delegacion de avellaneda y me dijeron que para iniciarla como abogada tengo que estar inscripta en el registro como anses, me podes verificaar si es cierto.-

y el tema del poder me dijeron que lo tengo que hacer ante un escribano, te pregunto, tengo que constituir el domicilio de la plata en el poder, y si mi cliente tiene que concurrir si o si a firmar la solicitud de tramite.-

te agradecieria tu aporte ya que es la primera jubilacion que inicio en IPS.-


gracias
 #45894  por agapearg51
 
Te adjunto la página del IPS, porque no es lo mismo una Jubilación docente ( requisitos diferentes) a una jubilación de empleado público provincial.

http://www.ips.gba.gov.ar/

En relación al poder, con un poder ante escribano te toman todos los trámites.

Espero haberte ayudado
 #45923  por griseldabeatriz
 
GRACIAS POR TU APORTE MI PREGUNTA ES SI NECESITO ESTAR REGISTRADA PREVIAMENTE COMO ABOGADA EN EL IPS COMO EN ANSES