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 #459451  por fugitiva
 
Me auutorizaron el embargo de dos bienes inmuebles.
Resulta que, en rigor de verdad, el embargo d elos dos excederìa en un 150%, aprox, el valor de la deuda màs intereses a cobrar.
Lo que me pregunto es si serìa recomendable diligenciar el oficio a realizar sòlo a fin de trabarlo sobre uno de los ds bienes, para evitar me diga luego el demandado que es un exceso lo embargado, y eso me genere algpun tipo de costas.
Aclaro: uno de los dos ya està embargado por otro acreedor....

Querìa preguntar a ustedes, que probablemente hayan trabado muchos màs embargos que yo, que acostumbran y que implicancias tiene en la pràctica embargar bastannte de màs-
Si sòlo se reduce a que el demandado pueda pedir la reducciòn, no serìa grave entonces.


A parte, de decidir embargar uno solo: debo presentar escrito en el expediente reduciendo el embargo, o valdrìa directamente presentar el oficio para confornte con un sòlo bien?

Gracias y buen dìa