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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #460491  por SIPOL82
 
Tengo una duda. Tengo que preparar una demanda de un reajuste y el cálculo de bluecorp que me hicieron, lo hicieron como si fuera un jubilado por ley 24241. Ahora bien cuando miro bien el exp. administrativo, en la resolución dice otorgar jubilacion ley 18037,la resolución es del año 1998 y dice que adquiere el derecho al beneficio en diciembre de 1997. Tengo dudas para saber que ley aplicar. Anteriormente tenía un recononocimiento de servicios.
 #460621  por SIPOL82
 
Perdón, ta vez la pregunta resulta muy tonta, pero la persona se jubila de acuerdo a la ley a la fecha del cese o la fecha de solicitud, yo entiendo que es a la fecha de solicitud
 #460660  por letisu117
 
Supongo que hay un error en el expediente administrativo,porque en el año 97
cuando adquirio el derecho, estaba la 24241(desde17/7/94) y no la 18037
 #460805  por SIPOL82
 
Si, me genera dudas, porque el último aporte lo tiene en enero del 94 y dice fecha de adquisición del derecho, julio de 1997. En la parte de la resolución dice que adquirió la jubilación conforme ley 18037, por esa me genera dudas. Pero que pasa si yo comienzo a tramitar un expediente y mientras tramita cambia la ley? Se me aplica la nueva ley, por lo que decuis es la de la fecha del cese, porque en este caso sería algo así
 #462499  por mariae
 
siempre se aplica la ley vigente al ces, esta persona tenia el ultimo aporte en enero de 94 estando vigente la ley vieja, esto es independiente a la fecha en que haya solicitado dicho beneficio, lo hubiese solicitado en febrero de 1994 o enero de 2009 que siempre se le aplicaria la misma ley
 #463039  por SIPOL82
 
Ok. Gracias! O sea que aplico la ley vigente al cese. Además la resolución dice que otorga jubilación ley18037 y dice haber mensual, no se habla de PBU, PC Y PAP
 #732696  por Clarita78
 
chicos estoy con algo parecido a lo que plantearon,
sra. adquiere derecho a partir del 24-09-1999, pero su cese es el 31/12/1993, ahora la resolucion de anses dice al amparo de la 24241 y habla de PBU Y PC. En el calculo que envie a hacer ponen tambieen jubilacion ordinaria 24241.-
Ahora entre en caos, pq yo lo inicie bajo la 24241, pero por lo que estuve leyendo rige la fecha de cese en este caso?
alguien que pueda salvar mi fin de semana, jaja,
saludos!
 #732709  por Clarita78
 
agrego que la sra. a la fecha del cese todavia no contaba con los requisitos para jubilarse ya que tenia 53 años.-
espero sus comentarios y ayuda